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martes, 28 de diciembre de 2021

Restricciones COVID por Comunidades Autónomas.

Cataluña, Murcia, Asturias, Navarra y Aragón son, por el momento, las Comunidades Autónomas que han adoptado las restricciones más duras para afrontar la sexta ola del coronavirus, con la variante 'ómicron', frente a otros Ejecutivos autonómicos, como los de Madrid, Castilla-La Mancha, Extremadura y Castilla y León, que han optado, a fecha de hoy, por no tomar medidas adicionales para encarar la subida masiva de los contagios de Covid-19.


No obstante, de cara a esta última semana del año y con la vista puesta también en Nochevieja, algunas comunidades autónomas están estudiando si implantan nuevas medidas para afrontar el récord de nuevos contagios y el incremento de la incidencia acumulada.


martes, 1 de junio de 2021

Cambian las Tarifas Eléctricas: ¿Pagaré más? ¿A qué hora conviene usar los electrodomésticos?

A partir de este martes 1 de junio arranca el cambio de tarifas eléctricas en España. Laura Cardenal, responsable de comunicación de la empresa Selectra, y Antonio Picazo, responsable de Gana Energía y experto del sector energético, responden a las principales cuestiones sobre en qué consiste el cambio de tarifas o cómo pueden beneficiarse los consumidores para ahorrar.

¿En qué consiste este cambio de tarifas?
Es un cambio que consiste básicamente en una reestructuración tarifaria que tiene como objetivo principal la mejora de la eficiencia energética. Esto va a suponer una discriminación horaria en 3 periodos de energía: punta, llano y valle (con precios diferentes) y 2 periodos de potencia para potencias de menos de 15 kW, es decir, la gran mayoría de los hogares, explica Antonio Picazo a 20minutos.


¿Cómo funcionan los tramos?
Laura Cardenal (Selectra) asegura que "con las nuevas tarifas, pasaremos a tener 3 períodos diferentes de facturación de la energía: punta, llano y valle".

Los horarios de los mismos, serán los siguientes:

- P1:punta/caro: 10h a 14h y 18h a 22h
- P2: llano/medio: 8h a 10h / 14h a 18h / 22h a 24h
- P3: valle/barato: 24h a 8h

Los fines de semana y los festivos de ámbito nacional no sustituibles y con fecha fija tendrán otro horario:se establece que en estas fechas todas las horas serán ‘valle’.


¿Se encarecerán las tarifas?
Los cambios se percibirán como una subida o una bajada, dependiendo de la tarifa actual, aseguran desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

Un consumidor medio con tarifa 2.0A que tiene contratados 4,6 kW de potencia y gasta 3.500 kWh al año, verá disminuir su factura en unos 21 euros anuales de media, algo menos de 2 euros al mes.

Ese mismo hogar, pero que tenga contratada la tarifa con discriminación horaria 2.0A DH pagará unos 34 euros más al año, esto es, una subida de unos 3 euros al mes, ya que pierde la ventaja que hasta ahora tenía.

Los mayores beneficiados serán las empresas y hogares con potencia entre 10 y 15 kW. Para ellos la bajada en los peajes y cargos supondrá un importante ahorro en la factura.

En cualquier caso, no hay que olvidar que las tarifas de peajes y cargos son solo uno de los componentes que inciden en el precio de la electricidad. En último término dependen de la comercializadora y la tarifa elegida.


¿A qué hora conviene utilizar los electrodomésticos?
Si quieres ahorrar, Laura Cardenal, de Selectra, recomienda que te ciñas a consumir energía fundamentalmente en las horas y días en los que la electricidad es más económica. Son los siguientes: Cualquier día de la semana de 00:00 de la madrugada a 8:00 de la mañana.

El fin de semana de forma ininterrumpida. Durante el sábado y el domingo no deberás preocuparte por la hora. Y también los festivos nacionales con fecha fija. Por ejemplo, el 1 de mayo.

Se calcula que más del 50% de las horas del año son de las denominadas valle, donde el consumo es un 95% más barato que en punta.

La responsable de comunicación de Selectra indica que "el cambio, al ser regulatorio, afecta a todas las compañías". Desde el punto de vista del cliente, todos aquellos que tienen contrato con el mercado regulado (PVPC) con una potencia igual o menor de 15 KWh, automáticamente se les aplicarán los nuevos periodos de discriminación horaria en los precios de la electricidad (horas punta, llano o valle).

Antonio Picazo (Gana Energía) señala que su comercializadora ha adaptado sus tarifas a la nueva coyuntura, "pero intentando dar a nuestros clientes soluciones lo más ventajosas posibles para ellos, como nuestra tarifa a precio de coste, que es con la que el cliente más se ahorra al cabo del año".

De acuerdo con la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC), los beneficiados serán los 19 millones de consumidores que hasta ahora no tenían discriminación horaria, mientras que la factura por peajes y cargos se incrementará para los 10 millones que ya tenían discriminación y tenían un precio más barato.

Para los primeros, el componente regulado de la factura se va a reducir un 6,7%, mientras que para los segundos aumentará levemente, en unos 2 euros al mes, según fuentes de la CNMC.


¿Tengo que hacer algo?
Si tienes contrato con el mercado regulado, directamente pasarás a regirte por los nuevos precios por horas. No tendrás que hacer nada y lo verás reflejado en tu primera factura, recalca Laura Cardenal.

Si tienes una tarifa de mercado libre, tu compañía adaptará tu tarifa. Podrás ponerte en contacto con ellos para cambiar de tarifa si lo deseas.


¿Cuánto dinero puedo llegar a ahorrar anualmente?
Los consumidores tendrán una discriminación horaria que estará divida en tres franjas.Pixabay

Antonio Picazo responde: "Esa es la gran pregunta, pero en realidad depende de cómo el consumidor adapte su gasto energético a los nuevos horarios, y por supuesto de la tarifa que tenga contratada".

Al final la clave está en entender que el precio del término fijo de la factura, que es la potencia va a bajar, mientras que el precio de la energía, es decir el término variable subirá. Esto quiere decir que ahora más que nunca, el ahorro está en las manos del consumidor: Ahorrará más quien mejor se adapte a los horarios de precio valle.

De acuerdo con la CNMC las nuevas tarifas desincentivarán no encender varios aparatos a la vez (por ejemplo, lavadora y cocina o plancha), lo que podría inducir un ahorro de entre 200 y 300 euros anuales para un consumidor con alto equipamiento eléctrico.


¿Me voy a quedar sin luz?
"No, eso no va a pasar en ningún caso", subraya Cardenal (Selectra). "Cambiarán detalles de tu factura, así como el precio que pagues por la potencia contratada y el consumo de acuerdo con tu compañía y tipo de tarifa, pero en ningún caso te quedarás sin suministro", explica.
¿Sería conveniente que el Gobierno rebajara los impuestos a las eléctricas para que pudiera bajar el precio para los consumidores?

Picazo (Gana Energía) indica que "una rebaja de impuestos supondría indudablemente una rebaja en el importe total que paga el consumidor. Eso siempre va a suponer un ahorro en la factura, ya sea para usuarios del mercado regulado o del mercado libre".

sábado, 30 de marzo de 2019

Cambio de Hora.

Los orígenes del 'horario de verano' (o DST 'Daylight saving time', por sus siglas en ingles) se remontan mucho más atrás y hay historiadores que recuerdan que las clepsidras o reloj de agua de los romanos tenían diferentes escalas en función del mes del año que fuera. 

Pinche Fotografía para Ampliar

Así, en la latitud de Roma, la tercera hora tras el amanecer, la hora tertia, empezaba (usando el horario moderno) a las 09:02 y duraba 44 minutos en el solsticio de invierno, pero en el de verano comenzaba a las 06:58 y duraba 75 minutos, según relata el historiador Jérôme Carcopino. Mucho más cercano, otro de los antecedentes del moderno horario de verano se remonta al 30 de abril de 1916, cuando, en mitad de la Primera Guerra Mundial, el gobierno alemán decidió que todos los relojes se adelantaran una hora para reducir el uso de luz artificial y ahorrar energía. Dos años más tarde y, con el mismo propósito de ahorrar energía en el marco de la Primera Guerra Mundial, el presidente estadounidense Woodrow Wilson firmó un decreto en 1918 para adelantar la hora. No obstante, todas estas iniciativas fueron revertidas una vez que acabó la guerra. No fue hasta la década de los años cuarenta, con los precios de la energía aumentando, cuando el 'horario de verano' se institucionalizó en muchas partes del planeta. Según un estudio realizado por la Comisión Europea en 1999, esta medida tiene impactos positivos sobre el ahorro y beneficia a sectores como el transporte y las comunicaciones, a la seguridad vial, las condiciones de trabajo, la salud, el turismo y el ocio.

viernes, 14 de diciembre de 2018

¿Señal o Reserva para una Vivienda?

Señal y reserva son términos muy coloquiales arraigados en la compra de una vivienda. Pero ¿a qué nos obligan exactamente los llamados contrato de reserva, señal o arras? Las palabras pago, señal, arras o reserva solo evidencian el anticipo de una suma de dinero del comprador al vendedor.


El contrato de arras es equivalente casi siempre a un contrato de compraventa.
En primer lugar, debemos aclarar que, por muy extendida que esté la expresión contrato de reserva, arras o señal, no son contratos autónomos sino pactos del contrato de compraventa. Y es que, cuando hay conformidad en la vivienda y en el precio, legalmente hay compraventa. Esto supone que cualquiera de los firmantes podría ser obligado por un juez a comprar o vender la vivienda. Esto es especialmente importante en muchas hojas de encargo que se firman con las agencias inmobiliarias, en las que se les da un poder escrito para que compren o vendan en nuestro nombre, bajo la falsa creencia de que sólo se trata de una señal. A veces las arras también se utilizan para otros contratos como el de arrendamiento o acuerdos donde aún no se han definido algunos elementos esenciales (precontratos) pero esto es algo excepcional.

Arras que permiten dar marcha atrás al contrato y arras que no.
Para continuar, se debe tener claro que hay varios tipos de arras. Hay arras penitenciales, las más comunes, cuando se permite al comprador o al vendedor desistir o desvincularse del contrato antes de ir a la escritura ante notario (¿minúscula?) (momento de entrega de las llaves de la vivienda); hay arras confirmatorias cuando simplemente se quiere dar un anticipo a cuenta del precio como prueba de conformidad con el contrato sin que se prevea la facultad de desistir; y arras penales cuando se predefine la multa que las partes deben satisfacer en caso de incumplimiento. Además, es importante conocer que incumplir o desistir son cosas bien distintas. Cuando uno incumple este tipo de acuerdos faculta al perjudicado para acudir a un juez exigiendo la compra o venta de la vivienda y además una indemnización, mientras que si se previó la posibilidad de desistir mediante arras penitenciales nadie nos puede obligar a comprar o vender. Para desistir, habrá que devolver el duplo de lo percibido (vendedor) o dar por perdido lo anticipado (comprador).

En caso de duda sobre el tipo de arras, lo más frecuente es no poder desvincularse.
Esto que parece claro en la práctica no es fácil ya que es frecuente que en los contratos se confundan algunos conceptos. Es habitual encontrarnos con cláusulas donde se afirma que son arras penitenciales y que en caso de incumplimiento el vendedor deberá devolverlas duplicadas o donde se habla de arras simplemente sin aclarar su finalidad. En caso de duda o falta de acuerdo, será en un juez quien decida. Por lo general, los jueces exigen que la posibilidad de desvincularse (penitencial) se recoja de forma expresa, de no recogerse, se entenderá como anticipo a cuenta del precio.

Una reserva para dejar de comercializar la vivienda.
Todas las arras tienen una finalidad implícita: reservar el inmueble a favor del comprador. Generalmente la reserva tampoco es un contrato autónomo, sino que lo consideramos como algo inherente a todo anticipo. A veces la reserva, cuando intermedian agencias inmobiliarias, suele ser de muy escaso importe (500 € -1000 €) y sí puede revestir carácter autónomo, siempre que únicamente se pretenda dejar de comercializar la vivienda por un corto periodo de tiempo. Si hay un momento delicado en la compra de una vivienda es el de las arras. No nos debemos dejar llevar por la precipitación y si tenemos dudas debemos pedir consejo a abogados ajenos a cualquiera de las partes, que recordemos muchas veces son tres (vendedor, comprador y la agencia inmobiliaria). 

miércoles, 12 de diciembre de 2018

Ampliación del Plazo de Impago para Embargar una Casa.

La nueva ley hipotecaria sigue encallada en el Congreso de los Diputados un año después de que el Gobierno de Mariano Rajoy la aprobara en el Consejo de Ministros.

En las últimas semanas de trámite parlamentario, el texto definitivo de la normativa está siendo negociado por los diferentes grupos políticos y va a incluir varios cambios importantes respecto al proyecto que anunció Luis de Guindos cuando estaba al frente de Economía.


La semana pasada, la Comisión de Economía del Congreso ya acordó que los bancos pagarán los gastos hipotecarios una vez que entre en vigor la ley (gastos de la escritura, la gestoría y el arancel notarial, además del impuesto AJD), mientras que el cliente solo tendrá que hacerse cargo de los gastos derivados de la tasación y las copias de las escrituras que solicite. Del usuario correrá a cargo también el pago de los gastos relacionados con la compraventa, por lo que el ahorro relativo a los gastos hipotecarios le supondrá pagar entre un 1% y un 2% menos del precio final de la vivienda, según los cálculos de idealista/hipotecas.

Además, en la reunión de esta semana, la Comisión ha dado luz verde a un nuevo cambio: ha retrasado el momento en el que el banco puede ejecutar la hipoteca y embargar la vivienda por impago. Es lo que se conoce como la cláusula de vencimiento anticipado, que puede aplicar el banco cuando el cliente deja de pagar el préstamo.

El texto contemplaba unos límites que dependían de la duración de la hipoteca. En concreto, establecía que, en la primera mitad de vida del préstamo, el banco solo podía aplicar esta cláusula si el impago superaba el 2% del capital concedido o nueve mensualidades, mientras que en la segunda mitad el impago debía superar el 4% del capital o las 12 mensualidades.

Pero el acuerdo de esta semana contempla que el banco solo podrá activar esta cláusula si el impago del cliente supera las 12 mensualidades o un importe equivalente al 3% del préstamo durante la primera mitad de vida de la hipoteca. Pasado ese momento, el plazo es de 15 mensualidades o del 7% del importe del préstamo.

En estos nuevos plazos debemos tener en cuenta que, en ocasiones, el impago de las 12-15 mensualidades puede superar el 3%-7% del importe del préstamo, por lo que el banco podría activar la cláusula de vencimiento anticipado antes de dicho plazo y siempre que el impago supere el porcentaje correspondiente. 

Según explicó en su día el Ministerio de Economía, el objetivo de esta medida es dar margen a aquellas personas que tengan dificultades puntuales para pagar la hipoteca, mientras que desde el sector financiero han llegado las primeras reacciones a este último cambio.

Desde la patronal bancaria (AEB) sostienen que "el objetivo final de los bancos es ofrecer la mejor financiación para que las familias puedan cumplir su principal decisión patrimonial, que es comprar su vivienda" y añaden que "la nueva norma de crédito hipotecario en tramitación refuerza la transparencia de la actuación de los bancos y, por tanto, la seguridad de cliente. Es una de las más exigentes para nuestras entidades desde una perspectiva europea, especialmente en cuestiones tan relevantes como el vencimiento y la asignación de gastos".

Pero lo fundamental, añade, "es que sirva para ofrecer certidumbre sobre la regulación hipotecaria, que elimine las diferentes interpretaciones judiciales que existen en la actualidad y que dejan la sensación de que cumplir la normativa existente puede ser siempre cuestionado a nivel judicial. Por último, la imprescindible certidumbre jurídica debe combatir la cultura del litigio instalada en España donde todos como sociedad perdemos". 

Una ley que llega con mucho retraso.
La ley tiene un doble objetivo: por un lado, incluir en el ordenamiento jurídico español unas normas europeas en materia hipotecaria y, por otro, dar mayor transparencia y seguridad tanto a los bancos como a los clientes.

Bruselas fijó primavera de 2016 como fecha límite para que todos los países incluyeran las directrices comunitarias en el propio, por lo que España lleva más de dos años y medio de retraso. De hecho, está en juego una multa que supera los 100 millones de euros, y habrá que esperar a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dicte una sentencia para saber si finalmente se aplicará la sanción.

Para intentar que la ley esté publicada antes de que llegue el fallo europeo, el Gobierno está intentando acelerar la tramitación, que podría realizarse en las próximas semanas por la vía de urgencia en el Senado para recortar los plazos. 


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