viernes, 24 de septiembre de 2021

¿Conoces el Estilo DIGI?

¿ Quiere ahorrar mes a mes en su Factura de Teléfono ? Hable con nosotros y nos encargamos de todo.

Además de ofrecerte unos productos de telefonía a unos precios justos, en DIGI hacemos las cosas siendo fieles a nuestros principios
 
 
Fibra
Telefonía Fija
Telefonía Móvil
Prepago
Portabilidad

Teléfono: +34 91 810 17 58
Móvil: +34 669 439 774

martes, 21 de septiembre de 2021

Fundamental trabajar en un buen ambiente de Trabajo.

Seguro que ya sabe que los beneficios de las plantas son casi infinitos. Que siempre va bien tenerlas alrededor. Pero es que si las tienes cerca suyo mientras trabaja le van a ayudar también con eso.


SON CAPACES DE PURIFICAR EL AIRE


AUMENTAN EL NIVEL DE CONCENTRACION


REDUCEN EL ESTRES



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lunes, 20 de septiembre de 2021

29 Viviendas Unifamiliares en Cullera - Obra Nueva.

Portal Villa Real, comercializa 29 Unifamiliares del Grupo INORSA. 

Si Ud. está interesado en un Unifamiliar en Cullera, para vivir, sus vacaciones, como inversión, no dude en ponerse en contacto con nosotros y le facilitamos un Potfolio de la Promoción; si es de su interés, le concertamos una visita in situ para que pueda verlo y recibir todo el detalle de los 29 Unifamiliares.
  1. Superficie de Parcela 481,24 m2.
  2. Superficie Util de Parcela 390,73 m2.
  3. Planta Sótano 65,50 m2.
  4. Planta Baja 52,11 m2.
  5. Planta Primera 58,90 m2.
  6. Total Vivienda 176,51 m2.
  7. Terrazas 6,10 m2.
  8. Porche 8,23 m2.
  9. Total Vivienda 190,84 m2.
  10. Total Superficie Util 148,62 m2.
  11. Solarium 50,05 m2.
  12. Terraza Acceso 13,00 m2.
  13. Total Superficie Total Construida 259,89m2.
  • Planta Semisotano:
    • Garaje para 2 Vehículos y Trastero.
  • Planta Baja:
    • Cocina, Salón, Porche, Aseo y Terraza.
  • Planta Primera:
    • 3 Dormitorios, y 2 Baños.
  • Planta Solarium:
    • Solarium.
  • Acceda directamente a su vivienda desde el garaje mediante ascensor privado.
  • Un diseño acorde al espíritu mediterráneo.
  • Vega a disfrutar de las mejores vistas de Cullera.
  • Villas del Faro cuenta con algunas de las mejores vistas de Cullera.



"El municipio de Cullera se sitúa en la ribera del río Júcar y junto al mar Mediterráneo; se encuentra a 30 km de la capital, Valencia. En esta localidad desemboca el río Júcar, irrigando el término municipal entero de Cullera, mediante un sistema de regadío diseñado en la época musulmana. El Júcar también irriga prácticamente toda la comarca de la Ribera Baja. Aparte del río Júcar, también existe la laguna de l'Estany, situada en la parte sur del término municipal con desembocadura en el mar; este es un lugar de pesca habitual".




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viernes, 17 de septiembre de 2021

Cómo ahorrar en la Factura de la Luz realizando un consumo eficiente.

Las subidas del precio de la luz, el cambio de la factura eléctrica o pasar más tiempo en casa son solo algunos de los motivos que nos pueden llevar a realizar un mayor consumo energético en el hogar. Esto implica un mayor desembolso económico para las familias pero, también, un mayor gasto de recursos. Cada día somos más conscientes de la importancia de consumir de manera eficiente, cuidar el planeta y adquirir un estilo de vida más sostenible.


El consumo energético medio en el hogar.
Uno de los factores que incrementa el consumo de energía en los inmuebles es el aislamiento de los edificios -se puede perder hasta un 30% de energía en una vivienda mal aislada térmicamente-. Según el Consejo para Edificación Sostenible en España, los inmuebles son los responsables del 40% de consumo de energía y provocan más de un tercio de las emisiones CO₂. En total, se estima que un 97% de los edificios son ineficaces para afrontar el reto del cambio climático. La eficiencia energética es un factor cada vez más relevante en la compraventa de vivienda.

Por esta razón, el 50% del gasto de energía en los hogares está generado por la calefacción y el aire acondicionado. La climatización de la vivienda consume de media unos 5.300 kWh anuales.

En segunda posición nos encontramos el gasto que generan los electrodomésticos y el agua caliente, ambos consumen de media en torno a los 1.900 kWh. Por último, la iluminación con unos 400 hWh anuales.

Mejorar estos consumos está en nuestra mano y basta con tomar conciencia y llevar a la práctica una serie de buenos hábitos.

Consejos para un consumo de luz eficiente:

Mejorar los sistemas de aislamiento.
Un estudio de la Escuela Técnica Superior de Edificación de la Universidad Politécnica de Madrid afirma que los sistemas de aislamiento térmico exterior (SATE) reducen hasta un 57% la pérdida de energía de los inmuebles.

Con el nuevo programa del Gobierno denominado «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía española» y destinado a diferentes programas de rehabilitación de edificios, con el foco en la eficiencia energética, los propietarios podrán beneficiarse de ayudas que van desde el 35% al 100% del coste de la obra de mejora del edificio.
Revisar el estado de los equipos

Un aparato en mal estado consume más energía. Mantener todos los equipos en el estado óptimo de su rendimiento es indispensables para no consumir más recursos de los necesarios. Basta con seguir las especificaciones de los fabricantes y llevar a cabo los mantenimientos puntualmente.

En el caso de ser necesario un cambio, buscar siempre aquellos que cuenten con la etiqueta energética A+++, que suponen un consumo eléctrico mucho menor.

Ahorra en la factura al contratar la potencia adecuada.
Es importante revisar que la potencia contratada en el hogar se adecúa a las necesidades y consumos.
Si es menor, saltarán los plomos y habrá cortes de luz, Si es mayor, se pagará más.

Para comprobar que la potencia es la óptima se deben analizar los consumos anteriores -último año-, para revisar cuál ha sido el consumo máximo y si se adecúa al contratado. Por ejemplo, si se tiene una potencia contratada de 5,5 kWh pero el máximo alcanzado en el último año ha sido de 4,40 kWh, tendremos contratado 1,1 kWh de más. Esto se traduce en un ahorro de más de 100 euros anuales, según datos de Selectra.

Algunas compañías eléctricas disponen de calculadoras de potencia que ayudan a calcular la potencia eléctrica recomendada en función del consumo.

Controlar los horarios de consumo de la luz.
Con la entrada en vigor de la nueva factura eléctrica el 1 de junio, el Gobierno pretende potenciar el consumo eficiente y apremiar el ahorro. Para ello, puso en marcha la discriminación horaria que favorece los horarios de menos consumo, abaratando los costes en estos tramos, que se quedarían repartidos de la siguiente manera:

  • Punta: de 10h a 14h y de 18h a 22h de lunes a viernes.
  • Llano: de 8h a 10h, de 14h a 18h y de 22h a 24h de lunes a viernes.
  • Valle: de 00h a 8h de lunes a viernes, fines de semanas y festivos nacionales.

Programar los electrodomésticos para ser utilizados en horario valle o llano -lavadora, lavavajillas, secadora, calentador de agua, etc.- puede ser una gran ayuda en la reducción del consumo. Si los aparatos no tienen esta opción, en los enchufes se pueden instalar programadores.

No hay que olvidarse de apagar los aparatos eléctricos cuando no se están utilizando y evitar el stand by o consumo silencioso -ordenadores, televisión, microondas, wifi, etc.-.

Ventilación eficiente.
En el último año la ventilación es una parte fundamental del día a día en hogares, oficinas, comercios y cualquier tipo de establecimientos. Para adecuar ventilación y consumo, se deben ventilar los espacios en los horarios de menor gasto energético, evitando así la pérdida de calor o frío. Recuerda que la climatización consume el 50% de energía del hogar.

Aprovechar la primera hora del día para ventilar -cuando los sistemas de climatización están apagados- y el resto de la jornada abre las ventanas en periodos cortos, pero aumentando la frecuencia. De esta manera, el aire se regenera pero no perdemos energía en exceso.
Iluminación eficiente

La opción número uno para iluminar el hogar es aprovechar la luz natural. Cuando no se pueda, utilizar luces LED y de bajo consumo que tienen una mayor vida útil y un consumo menor que las bombillas tradicionales.

miércoles, 15 de septiembre de 2021

Cuándo se debería entregar la Fianza del Alquiler.

Cuando un inquilino decide alquilar una vivienda está obligado a entregar al propietario un mes de fianza en el momento de la firma del contrato. De esta manera garantiza legalmente el cumplimiento de las obligaciones del contrato de arrendamiento.

Sin embargo, y a pesar de que se trata de una normativa obligatoria desde hace años, existen muchas dudas sobre cuándo y cómo se debería devolver la fianza, de si existe la posibilidad de negociar su cuantía, o de si se puede convalidar por un mes de la renta en curso. En este artículo resolveremos todas estas cuestiones.


Fianza del alquiler: derechos y obligaciones del propietario y el inquilino.
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es la que se encarga de regular y establecer todos los requisitos y condiciones referentes a la fianza legal de los alquileres urbanos. Según esta, el inquilino está obligado a entregar al propietario el dinero correspondiente a un mes de renta en concepto de fianza legal. En ningún caso esta cantidad puede exceder el coste de los tres meses.

Esta entrega debe hacerse en metálico en el momento en el que se firma el contrato de arrendamiento. A partir de ese momento, el propietario dispone de un plazo establecido para ingresar el dinero en el organismo correspondiente, que normalmente es de 30 días naturales.

A pesar de que, como apuntábamos, se trata de una garantía, el propietario no podrá disponer de este dinero en ningún caso mientras dure el contrato de arrendamiento. De no efectuar el depósito, este podría enfrentarse a importantes sanciones económicas e incluso podría ser demandado por el inquilino por daños y perjuicios.

¿Cómo y cuándo se produce la devolución de la fianza?
La fianza debe devolverse, si corresponde, una vez finalizado el contrato de arrendamiento y después de que el inquilino haya devuelto las llaves de la vivienda al propietario. Es decir, cuando las partes firmantes del contrato de arrendamiento hayan decidido darlo por concluido.

El propietario deberá devolver al inquilino la totalidad de la fianza si este ha cumplido con todo lo establecido en el contrato de alquiler, si ha dejado el inmueble en perfectas condiciones y si ha pagado las mensualidades cuando ha correspondido. En este caso, el arrendatario tiene derecho a recuperar la fianza en el plazo de 30 días naturales desde la entrega de las llaves.

Si, por el contrario, el inquilino ha incumplido con el contrato de alguna manera, el propietario tiene derecho a descontar de la fianza la parte que corresponda a lo sucedido. Puede que no haya pagado algún mes de alquiler, que se haya ido del piso antes del tiempo establecido, que no haya abonado los suministros, o que haya dejado el piso en malas condiciones.

En este caso, el arrendador está en pleno derecho de no efectuar la devolución de la fianza, y la podrá utilizar para saldar las deudas pendientes o hacer las reparaciones necesarias.

La devolución de la fianza debe constar en el documento de fin de alquiler.
El día que el inquilino entrega las llaves del piso ambas partes deben firmar lo que se conoce como documento de fin de alquiler. En este se indica por escrito la finalización del contrato, y cómo y cuándo se hará la devolución de la fianza, si será en efectivo o mediante transferencia bancaria.

En el caso de que no corresponda una devolución, el documento tiene que indicar el por qué y adjuntar la documentación y las facturas necesarias, que acrediten para qué va a usar el propietario el dinero de la fianza. En el documento de fin de alquiler debe constar la fecha y la firma de las dos partes interesadas.

Siempre que alquilemos una vivienda debemos tener en cuenta esta serie de normas para que no haya problemas por ninguna de las partes.
 

jueves, 9 de septiembre de 2021

Los Trámites necesarios para Abrir o Construir un Local Comercial de forma Legal.

Es obligatorio informar a la autoridad local en un plazo determinado y hay multas por incumplimiento.


Poner en marcha un negocio exige realizar varios trámites administrativos, sobre todo si el autónomo tiene pensado abrir un local comercial.

Tal y como explica la guía laboral del Ministerio de Trabajo de la que se hace eco el diario El Economista, "tras haber realizado todos los trámites previos de carácter civil, mercantil, fiscal o financiero, debe comunicarse a la Autoridad Laboral competente la apertura de un centro de trabajo o la reanudación de su actividad después de alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia, a efectos del control de las condiciones de Seguridad y Salud Laboral".

Trámites para la apertura:
Por tanto, es obligatorio informar a la Administración de la apertura del establecimiento de forma legal, y es necesario hacerlo en un plazo de tiempo determinado para evitar multas por incumplimiento.

Según la guía, "la obligación de efectuar la comunicación incumbe al empresario, cualquiera que sea la actividad que realice" y puede efectuarse de dos formas: "con carácter previo o dentro de los 30 días siguientes a la apertura de un centro de trabajo o reanudación de la actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia".

Es necesario rellenar un ejemplar del modelo oficial, e incluir en él datos sobre la empresa y el centro de trabajo. En concreto, esta es la información que se debe suministrar a la autoridad local:

1. Datos de la empresa:
  • Nombre o razón social, domicilio, municipio, provincia, código postal, teléfono y dirección de correo electrónico.
  • Identificación, documento nacional de identidad o código de identificación fiscal, y si se trata de extranjero, asilado o refugiado, pasaporte o documento sustitutivo.
  • Expresión de si la empresa es de nueva creación o ya existente.
  • Actividad económica.
  • Entidad gestora o colaboradora de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
2. Datos del centro de trabajo:
  • Nombre, domicilio, municipio, provincia, código postal y teléfono. Para la exacta localización del centro deberá concretarse su ubicación de forma clara y precisa.
  • Número de inscripción en la seguridad social, clase de centro, causa que ha motivado la comunicación y fecha de comienzo de la actividad.
  • Actividad económica.
  • Número total de trabajadores de la empresa ocupados en el centro de trabajo, distribuidos por sexo.
  • Superficie construida en metros cuadrados.
  • Modalidad de la organización preventiva.
3. Datos de producción y/o almacenamiento del centro de trabajo:
  • Potencia instalada (KW o CV).
  • Especificación de la maquinaria y aparatos instalados.
  • Si realiza trabajos o actividades incluidos en el anexo I del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, así como, en su caso, la especificación de trabajo, actividades, operaciones o agentes incluidos en dicho anexo.
Pinche AQUI para leer el Artículo Completo
  

martes, 7 de septiembre de 2021

Fiestas Patronales Navalcarnero 2021.

Desde Portal Villa Real, deseamos a todos los Vecinos de Navalcarnero unas muy FELICES FIESTAS. 

"El 8 de septiembre tiene lugar la festividad de Nuestra Señora de la Concepción, patrona de Navalcarnero, y el 15 de mayo la festividad de san Isidro Labrador, patrón de Navalcarnero. Son característicos los tradicionales encierros nocturnos de Navalcarnero"

Aprovechamos para informar, que el DIA 8 DE SEPTIEMBRE, nuestra Oficina permanecerá cerrada.




¡ FELICES FIESTAS !



viernes, 3 de septiembre de 2021

El Propietario que no declare bien los Ingresos por Alquiler no tendrá Deducción Fiscal.


Hacienda recuerda que esta modificación legal sí tiene efectos sobre las rentas obtenidas en 2021.


Índice de contenidos: (Pinche los Enlaces para ver toda la Información).
La nueva ley de Lucha contra el Fraude Fiscal publicada ya en el BOE el pasado mes de julio elimina la reducción del 60% del alquiler de vivienda en el IRPF a la que tenía derecho el propietario, cuando el contribuyente no hubiera declarado todos los ingresos obtenidos, o hubiera deducido incorrectamente gastos. La reducción se suprime en la parte mal declarada. Hasta ahora, si un contribuyente no había declarado todos sus ingresos, bastaba con que declarara su existencia, incluso en el procedimiento iniciado por Hacienda para regularizar su situación. Pero con la nueva ley sólo los ingresos procedentes del alquiler incluidos en la autoliquidación disfrutarán de la reducción del 60%.

En definitiva, la nueva ley trae otro cambio que supondrá un hachazo fiscal para los propietarios de viviendas en alquiler: aquellos arrendadores que han calculado erróneamente los ingresos en la autoliquidación y que han sido regularizados por la Administración tampoco podrán disfrutar de la reducción del 60% en el IRPF.

Teléfono: +34 91 810 17 58
Móvil: +34 669 439 774


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