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viernes, 27 de octubre de 2023

Cambio de hora al horario de invierno 2023.

El cambio de hora al horario de invierno será el sábado 28 de octubre de 2023, en concreto, a las 03:00 horas de la madrugada del sábado al domingo. Entonces, tendremos que retrasar los relojes para que marquen las 02.00 horas. Así, el domingo tendrá una hora más.



CONSEJOS PARA LLEVAR MEJOR EL CAMBIO DE HORA:
Entre los consejos para llevar mejor el cambio de hora se encuentra seguir unos horarios fijos en cuanto a alimentación y descanso para evitar la sensación de fatiga, estableciendo un ritmo regular a la hora de acostarse y levantarse, así como en las comidas, facilitan la adaptación al nuevo horario.
  

jueves, 4 de mayo de 2023

Día de la Madre 2023: cuándo es y cómo se celebra en España.

Tanto si eres mamá como si lo que quieres es dar una bonita sorpresa llena de amor a la persona más especial de nuestras vidas, ¡estás a punto de descubrir toda la información que andas buscando! ¿Quieres saber en qué fecha exacta se celebra el Día de la Madre en 2023?


¿Cuándo es la fecha del Día de la Madre 2023?
Entonces, ¿en qué fecha concreta se celebra en España el Día de la Madre en 2023? La fecha exacta en que celebramos el Día de la Madre en 2023 es el domingo 7 de mayo.

El Día de la Madre se celebra tradicionalmente en España el primer domingo de mayo. ¿Por qué tan avanzado mayo este año? Muy sencillo, porque el 1 de mayo de 2023 es lunes, así que la celebración de esta fecha tan señalada en el calendario se posterga hasta el último día posible, es decir, el día 7 de mayo. ¡Aún más especial, porque tendrás más días para prepararlo!

Si bien el origen del Día de la Madre se remonta a la mitología griega, en honor a la diosa Rea, madre de Zeus, Poseidón y Hades, a lo largo de la historia, la celebración dedicada a todas las madres ha ido variando de fecha o de motivación, religiosa o no, dependiendo del país y del período histórico. En España, como ya hemos visto, se celebra todos los primeros domingos del mes de mayo.


¿Cómo se celebra el Día de la Madre?
Ahora que ya sabes cuándo es el Día de la Madre, te gustará saber qué puedes hacer para homenajear como se merece a la mujer que nos ha dado la vida, la persona que, sin lugar a dudas, nos ama más en el mundo y daría todo por sus hijos. ¿Eres madre y te gustaría saber qué puedes hacer para mimarte en un día dedicado a tu persona? ¿Quieres agasajar a tu propia madre con un detalle, unas flores, unos dulces o una buena comida? ¡No nos faltan ideas!

viernes, 25 de marzo de 2022

Cambio de hora Marzo 2022: El sábado llega el horario de verano a España.

Este sábado, el último del mes de marzo de 2022, llega el cambio de hora y el horario de verano



El primer cambio de hora de 2022 se produce este sábado, el último del mes de marzo. Concretamente, la hora se cambiará en la madrugada del sábado 26 al domingo 27 de marzo de 2022.

¿EL RELOJ DE ADELANTA O SE ATRASA?
En la noche del sábado al domingo habrá que adelantar una hora el reloj para que a las 02.00 de la mañana pase a marcar las 03.00 horas. Así, el domingo tendrá una hora menos.
 

miércoles, 27 de octubre de 2021

El Tribunal Constitucional anula el impuesto de Plusvalía Municipal.

Este gravamen supone en la actualidad una fuente importante de financiación de los consistorios de todo el país.


El Tribunal Constitucional ha anulado este martes el impuesto de plusvalía municipal cobrado por los ayuntamientos. Según informan fuentes jurídicas a EL MUNDO, el tribunal de garantías, en una sentencia ponencia del magistrado Ricardo Enríquez, considera que el cálculo del impuesto es inconstitucional al entender que el sistema de cómputo objetivo no se corresponde con la realidad, afectando al principio de capacidad económica recogido en el artículo 31 de la Constitución española.
Este gravamen supone en la actualidad una fuente importante de financiación de los consistorios de todo el país.

La decisión ha sido adoptada por nueve magistrados al haberse abstenido de formar parte de la deliberación del Pleno Juan Antonio Xiol y encontrarse de baja médica el magistrado Alfredo Montoya. Además, el fallo de la mayoría contará con los votos particulares de los magistrados del sector progresista María Luisa Balaguer y Cándido Conde-Pumpido y el voto concurrente del presidente Juan José González Rivas.

El Alto Tribunal responde así a una cuestión de inconstitucionalidad elevada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía sobre los artículos 107.1, 107.2 a) y 107.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprobó el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

La sentencia considera que estos artículos son inconstitucionales y nulos porque establece un método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que determina que siempre haya existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento.

SIN EFECTO RETROACTIVO

Fuentes jurídicas consultadas explican que con este fallo, donde de facto se anula "al completo" el gravamen al declarar inconstitucional su cálculo, será imposible que los ayuntamientos puedan cobrar la plusvalía municipal en adelante, salvo que el legislador prevea una nueva fómula que se adecue a la doctrina constitucional. La sentencia, de hecho, sugiere este extremo, según indican las fuentes consultadas.

Por su parte, la sentencia, cuyo contenido íntegro se dará a conocer en los próximos días, declara la intangibilidad de las situaciones firmes existentes antes de la fecha de la aprobación de la misma. Es decir, la resolución no tendrá efectos retroactivos en su aplicación.

Este fallo se convierte en el golpe definitivo para el impuesto de plusvalía ya que en 2019 el Constitucional declaró inconstitucional la plusvalía municipal cuando la cuota es superior al incremento patrimonial y dos años antes, en 2017, el tribunal declaró inconstitucionales dos artículos del real decreto -107.1, 107.2 a) y 110.4- en la medida que sometía a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor del inmueble.

Esto se tradujo en que el TC obligó a que el impuesto no gravase en ningún caso actos o hechos que no fuesen exponentes de una riqueza real o potencial.

Por su parte, fuentes jurídicas explican que, en su reunión de este martes, el Pleno ha estado centrado en debatir esta sentencia y será mañana cuando se aborde el debate sobre la constitucionalidad del segundo estado de alarma decretado en pandemia.

martes, 18 de junio de 2019

Claves de la Nueva Ley Hipotecaria.

¿A QUÉ CONTRATOS SE APLICA?
Tal y como apunta Nuria Rando Rando, abogada en el área de Derecho Bancario de Gaona Abogados BMyV, "la nueva ley será aplicable a contratos de préstamos hipotecarios cuyo prestatario, fiador o garante sea persona física y la hipoteca recaiga sobre inmuebles de uso residencial. También cuando la finalidad del préstamo sea adquirir o conservar derechos de propiedad sobre terrenos o inmuebles construidos o por construir siempre y cuando el prestatario, el fiador o garante sea un consumidor".


¿QUÉ OCURRE SI EL CLIENTE NO HA CERRADO SU CONTRATO ANTES DEL CAMBIO DE LA LEY?
En estos casos, y tras la instrucción dada por el Ministerio de Justicia el pasado viernes, sólo podrán formalizarse con efectos de la normativa anterior los contratos en los que se haya acreditado que el prestatario ha aceptado la oferta vinculante sin modificaciones antes de esa fecha. Si no se acredita el acuerdo previo, se aplicará la nueva normativa y será necesario el otorgamiento del acta notarial de información previa.

¿CUÁLES SON SUS OBJETIVOS?
El principal es garantizar la protección de los consumidores a la hora de rubricar un préstamo de estas características con su banco. Tras las experiencias anteriores que propiciaron el estallido de la burbuja inmobiliaria en 2008, las autoridades nacionales y comunitarias pretenden asegurar que los clientes entienden los contratos firmados y no se exponen a cláusulas abusivas como las que tuvieron que asumir por gastos de formalización, intereses de demora o las archiconocidas cláusulas suelo.

NORMA MÁS ESTRICTA
Precisamente para elevar las garantías del cliente, la nueva norma establece unos exámenes y requisitos más estrictos de sus condiciones de solvencia para reducir las posibilidades de impago. Será obligatorio para el prestamista consultar el historial crediticio del cliente en la Central de Información de Riesgos del Banco de España. El banco deberá remitir al cliente su contrato 10 días antes de la firma para que realice una análisis exhaustivo.

¿CÓMO SERÁ EL PROCESO AHORA?
Una vez que el cliente decida contratar una hipoteca con una entidad concreta, la figura del notario adquiere protagonismo. Ellos deben dar fe de que las entidades han entregado la documentación precontractual con la antelación debida (los 10 días mencionados antes), que se ha prestado asesoramiento e información individualizada sobre las cláusulas contenidas y que el cliente entiende todos los aspectos, "mediante la realización de un test cuyo objeto será concretar la documentación entregada y la información suministrada", apunta la abogada.

¿SEGUIRÁN EXISTIENDO LAS CLÁUSULAS SUELO?
No. La ley prohíbe totalmente este tipo de conceptos y define, en su artículo 21.3, que "en las operaciones con tipo de interés variable no se podrá fijar un límite a la baja del tipo de interés".

¿TENGO QUE CONTRATAR OTROS SEGUROS Y PRODUCTOS?
Tampoco. El consumidor no está obligado a contratar con la entidad que le dé la hipoteca otros productos vinculados como pólizas del hogar, seguros o planes de pensiones.

Algo que sí puede ocurrir (y, de hecho, lleva meses ocurriendo) es que las entidades ofrezcan a los clientes bonificaciones en el préstamo a cambio de contratar algunos de estos productos.

LIMITA LAS COMISIONES
La nueva ley también limita las comisiones por amortización anticipada del crédito con niveles máximos. Desde el domingo, dichas comisiones variarán en función del tipo de interés que incluya la hipoteca y del momento en el que se lleve a cabo la amortización.

En el caso de hipotecas a tipo variable, la comisión será como máximo del 0,25% del capital amortizado en los tres primeros años y del 0,15% durante el resto de su vida; para hipotecas a tipo fijo, la comisión máxima será del 2% en los diez primeros años y del 1,5% en el resto del crédito.

¿Y SI QUIERO CANCELAR LA HIPOTECA ANTES DE TIEMPO?
En este caso se producen dos situaciones:
Si el impago se produce en la primera mitad del préstamo, se admite el vencimiento anticipado ante el impago del 3% de la cuantía del capital (de modo que, para un préstamo de 150.000 euros el vencimiento anticipado se admite a partir del impago de 4.500 euros). Igualmente, se admitirá cuando el impago se acumule por 12 mensualidades.
Si el impago se produce en la segunda mitad del préstamo, se admite el vencimiento anticipado si la cantidad impagada asciende al 7% del capital concedido (de un préstamo de 150.000 euros, el vencimiento se admitiría a partir del impago de 10.500 euros). Igualmente, se podrá producir cuando el impago se acumule al menos por 15 mensualidades.

Estos baremos no afectarán a los créditos ya firmados donde se haya producido una ejecución.

¿QUIÉN TENDRÁ QUE PAGAR LOS GASTOS?
Es una de las mayores novedades respecto a la norma anterior. A partir de este domingo, los bancos se harán cargo de los gastos de notaría, registro, gestoría y del polémico Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. El cliente, por su parte, sólo tendrá que asumir los costes de tasación.


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