viernes, 17 de noviembre de 2023

Certificación Registral: qué es, para qué sirve y cómo obtenerla.

La certificación registral es un documento relativo a la propiedad pero, ¿para qué sirve y cómo obtener este certificado?


Uno de los documentos que puedes necesitar de cara a la formalización de la compraventa de un inmueble y la obtención de una hipoteca es la certificación registral del inmueble, que suele tomar la forma de certificación de dominio y cargas.

En este artículo te contamos qué certificación registral necesitarás para tus transacciones inmobiliarias, cuánto cuesta y cómo obtenerla.

¿Qué es la certificación registral y para qué sirve?
La certificación registral es un documento público firmado por un registrador de la propiedad en el que se da fe del contenido del registro y en el que consta todo lo relativo a una finca ya registrada. Por ejemplo, titularidades actuales y antiguas, así como derechos vigentes y extinguidos.

Este documento sirve para hacer valer tales derechos frente a terceras personas, físicas, jurídicas, tribunales e instituciones y organismos públicos y es, legalmente, el único medio para ello. También es medio de prueba y tiene eficacia frente a todos.

¿Qué tipos de certificaciones existen?
La certificación más usual (y la que suele relacionarse con los procesos de compraventa de vivienda e hipoteca) es la certificación de dominio y cargas o certificación de la finca, que comprende los datos vigentes en cuanto a su descripción completa, su propietario o propietarios, los derechos que puedan haberse constituido sobre la propiedad (como el arrendamiento, el usufructo o el uso) y las cargas que pesen sobre la finca (hipotecas, embargos, servidumbres, afecciones fiscales, etc.), o bien la circunstancia de estar libre de ellas.

Existen otros tipos de certificaciones registrales, como la certificación literal, que consiste en la transcripción completa de uno o varios asientos o inscripciones del historial de una finca.

Contenido de una certificación registral.
La información de una certificación registral dependerá del tipo de certificación de que se trate. Siguiendo el ejemplo de la certificación de dominio y cargas, la más frecuente de todas, ésta deberá contener, en general, la descripción de la finca, la titularidad y las posibles cargas.

Al acceder a tu certificación conocerás, entre otras cosas, quiénes son los titulares o el titular del inmueble, qué tipo o tipos de dominio existen sobre ella (pleno dominio, nuda propiedad y/o usufructo) y en qué porcentajes, cargas (hipotecas, etc.)...

Diferencia entre una nota simple y una certificación registral.
Tanto la nota simple como la certificación registral son documentos que contienen la información más relevante sobre la situación jurídica de una finca o inmueble. Sin embargo, a través de la nota simple no se puede dar información de titulares antiguos o de derechos que ya están cancelados.

En cuanto a su solicitud, ambos documentos pueden solicitarse en el Registro de la Propiedad en cuya circunscripción se encuentre el inmueble, si bien será necesario en todo caso expresar previamente el interés legítimo que se tenga para pedir la información (siempre que no seas el titular del derecho). Esto se debe a que los asientos registrales están protegidos por la Ley de Protección de datos.

Más allá de estos puntos, la principal diferencia entre certificación registral y nota simple consiste en que, si bien la nota simple es meramente informativa, la certificación es un documento público que va firmado por el Registrador, que da fe del contenido del registro y que tiene eficacia frente a todos.

Cómo sacar la certificación del Registro de la Propiedad.
Solicitar una certificación registral es muy sencillo: pueden solicitarse directamente en el Registro de la Propiedad o bien de forma telemática a través del portal web del Colegio de Registradores. Eso sí, deberás identificarte mediante firma electrónica o bien ser usuario abonado del servicio.

Además, deberás aportar algún dato sobre el inmueble que permita su identificación (Código Registral Único o CRU, Identificador Único de Fincas Registrales o IDUFIR o bien datos registrales).

No olvides que también deberás alegar un interés legítimo, es decir, debes especificar un motivo por el que se solicita o la finalidad para la que se usará la información:

  1. Investigación jurídico-económica sobre crédito, solvencia o responsabilidad: Deberá marcarse esta casilla cuando la petición tenga por objeto conocer la capacidad de atender a sus responsabilidades por parte de los titulares registrales de bienes o derechos concretos. Así sucede, por ejemplo, en préstamos al titular registral, contratar un arrendamiento con el titular registral como inquilino, contratar servicios a favor del titular registral, etc. También podrá utilizarse este campo cuando quiera acreditarse que no se es dueño de bienes inmuebles (por ejemplo, para la obtención de viviendas de protección oficial, de justicia gratuita o de ayudas o subvenciones).
  • Investigación jurídica sobre el objeto, su titularidad o limitaciones: Deberá marcarse esta casilla cuando el objetivo sea conocer el conjunto de derechos que recaen sobre un inmueble: propiedad, usufructo, servidumbres, limitaciones urbanísticas, cargas, etc. Por ejemplo, conocer si se tienen derechos de paso o acceso, si una finca es edificable, la descripción registral de la finca, estudios para tasación de la finca, aclaración o regulación ante el Catastro u otros Organismos, etc.
  • Investigación para contratación o interposición de acciones; ser titular de algún derecho sobre la finca u otros motivos: Esta casilla deberá marcarse cuando se pretenda la adquisición de la finca o de algún derecho sobre ella, como, por ejemplo, la compra de la finca, adquisición del usufructo, alquiler o préstamo con garantía hipotecaria. También deberá marcarse cuando se pretendan interponer acciones judiciales contra el titular registral o sobre la finca (pedir el embargo de la finca, ejercitar un retracto de comuneros, de colindantes o de arrendatarios sobre la finca, reclamar judicialmente algún derecho sobre la finca, para el ejercicio del deslinde de fincas, etc.).
  


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