lunes, 25 de mayo de 2020

Guía de la Fase 1 - DesesCalada.

Importante Arttículo de El Confidencial, referente al cambio a FASE 1 en la Comunidad de Madrid.

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Visitas a familia y amigos.
Las comunidades que estén en esta fase pueden disfrutar de una mayor libertad de movimiento y menos limitaciones en el contacto social, ya que a partir de la fase 1 se permiten las reuniones de un máximo de 10 personas (no tienen por qué ser convivientes) en cualquier lugar —un domicilio, un bar o la calle— siempre y cuando se respeten las medidas de prevención, de higiene de manos y de distanciamiento interpersonal y, cuando no se pudiera cumplir con estas recomendaciones, se recurra al uso de mascarilla. Según detalla el Boletín Oficial del Estado (BOE), solo podrán mantener estas reuniones las personas que no sean población de riesgo o las personas vulnerables "siempre que su condición clínica esté controlada y lo permita, y manteniendo rigurosas medidas de protección". 

En este sentido, se permiten las visitas a los domicilios de familiares o amigos —excluyendo las residencias de ancianos—, siempre y cuando se encuentren en la misma provincia o el desplazamiento esté debidamente justificado. No así para aquellos que presenten síntomas del covid-19 "o estén en aislamiento domiciliario". 

La excepción a esta norma la pone únicamente País Vasco, ya que el Gobierno ha prohibido los encuentros en el interior de los domicilios y solo se pueden realizar en las terrazas, manteniendo el máximo de 10 personas. Asi se especifica claramente en un documento que dio a conocer el Departamento vasco de Seguridad y cuyos criterios se han revisado con vistas al 18 de mayo, aunque se sigue manteniendo el supuesto por el que no está permitido el contacto social en grupos reducidos en "domicilios, sociedades gastronómicas, txokos o lonjas de ocio".

Se podrá ir a segundas residencias.
Según lo recogido en el BOE, los ciudadanos pueden desplazarse a cualquier lugar dentro de la propia provincia, isla o unidad territorial de referencia, pero no se pueden trasladar a otras zonas de España, salvo que exista una justificación por "motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad". 

Además, el Gobierno Central ha informado de que, en contra de lo que se planteó en un primer momento, finalmente sí se permitirá el desplazamiento a segundas residencias en la fase 1, siempre y cuando se encuentren en la misma provincia en la que se reside. "El asunto ha sido evaluado nuevamente y el Ministerio de Sanidad confirma la interpretación de que sí es posible trasladarse a segundas residencias dentro de la misma provincia o zonas que pasen el lunes a la Fase 1, al igual que está permitido el desplazamientos a hoteles y alojamientos turísticos", señalan.

Asimismo, se permite la movilidad interterritorial entre municipios colindantes de tránsito habitual para la realización de actividades socioeconómicas, como es el caso del País Vasco con los territorios históricos de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa. Es decir, que tampoco en esta fase se permitirán los desplazamientos a otras partes del territorio nacional, ya que esto solo ocurrirá en la 'nueva normalidad'.

Apertura de bares y terrazas.
Algunos de estos encuentros pueden realizarse en bares, cafeterías o restaurantes, puesto que en la fase 1 reabren con condiciones. Los establecimientos pueden pasar de entregar comida para llevar a abrir por primera vez sus terrazas alire libre con un 50 por ciento de su aforo (teniendo en cuenta la licencia del año anterior), con una zona reservada para personas mayores y una distancia de al menos dos metros entre las mesas. En este sentido, el BOE hace un matiz: "En el caso de que el establecimiento de hostelería y restauración obtuviera el permiso del Ayuntamiento para incrementar la superficie destinada a la terraza, se podrán incrementar el número de mesas" y, por tanto, el total sobre el que se calculará ese 50 por ciento. 

En el artículo 15 de la orden ministerial en el que aparece recogida esta norma, también se incluyen las terrazas de hoteles y se especifica que "se considerarán terrazas al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos".

Aparte del número de mesas, desde Sanidad lanzan una serie de directrices para garantizar la correcta higiene del establecimiento de cara a los clientes: limpieza y desinfección del equipamiento de la terraza (de las sillas cada vez que las adandone un cliente), mantelerías de un solo uso, dispensadores de geles hidroalcohólicos a disposición de los clientes, desinfección del datáfono, evitar el uso de cartas de uso común — podrán recurrir a carteles o pizarras —, no puede haber servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros utensilios similares — se darán en monodosis desechables —y los aseos serán utilizados por una persona cada vez y limpiados, al menos "seis vecces al día".

Más de dos personas en el coche.
En la etapa inicial también hay mayor flexibilización en el uso del coche de tal manera que ya no hay un máximo de dos personas, sino que pueden viajar en el mismo vehículo lo que el mismo permita, siempre y cuando sean convivientes; en caso de no vivir en la misma casa, tendrán que llevar mascarillas y solo podrá haber dos ocupantes por cada fila de asientos. Cambia también el motivo de los desplazamientos en coche particular, ya que una vez en esta fase, se puede utilizar para desplazarse a visitar a un familiar, para las reuniones con amigos o para acudir a cualquiera de las actividades permitidas en la misma sin necesidad de justificación. El límite en este caso será la provincia.

Compras sin cita previa.
Ya desde el pasado 4 de mayo se reabrieron los locales y establecimientos minoristas de menos de 400 metros cuadrados y con una atención al cliente individualizada y respetando la distancia interpersonal de dos metros y bajo cita previa, tal y como aparece reflejado en la orden ministerial recogida por el BOE. A partir de la fase 1, sin embargo, se permite la apertura generalizada de los locales y establecimientos comerciales "que no tengan carácter de centro o parque comercial" sin necesidad de cita previa, siemrpre que sean de una superficie igual o inferior a 400 metros cuadrados, pudiendo, en el caso de superar este límite, "acotar el espacio que se reabra al público ajustándose a este umbral, siempre que cumplan todos los requisitos siguientes" — según recoge el artículo 10 de la orden ministerial —: aforo limitado al 30% (porcentaje que también se aplicará en cada planta en caso que la tienda sea de más de un piso y del que tendrán que informar en la puerta de entrada) y garantizar una distancia mínima de dos metros entre clientes (y si no es posible, solo se permite la entrada de un cliente por vez).

También se fija un horario preferente para los mayores de 65 años y pueden volver los mercadillos — con condiciones de distanciamiento entre puestos, y una limitación inicial al 25 por ciento de los puestos habituales — siempre y cuando el ayuntamiento así lo autorice. Con todo, la reapertura de centros comerciales no se realizará hasta la fase 2. Para garantizar que estos espacios cumplen con las medidas sanitarias, todos los "establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados" deberán ser sometidos a una limpieza y desinfección exahustivas al menos "dos veces al día" (una de ellas, obligatoriamente, al finalizar la jornada) y con cada cambio de turno de los empleados.

Rebajas en tiendas físicas.
Finalmente, el Gobierno permite las rebajas en tiendas físicas desde este lunes, 18 de mayo, incluso en los lugares que aún siguen en la fase 0 de la desescalada, siempre que no generen aglomeraciones. En este sentido, el BOE regula que "las acciones comerciales o de promoción que lleven a cabo los establecimientos comerciales deberán estar acompañadas de medidas destinadas a asegurar que no se generen aglomeraciones que impidan el mantenimiento de la distancia de seguridad, el cumplimiento de los límites de aforo, o que comprometan el resto de medidas establecidas en esta orden, debiendo adoptar las medidas adecuadas para evitarlas, incluyendo el cese inmediato de las mencionadas acciones comerciales o de promoción si resultara necesario".

Concesionarios e ITV.
Según lo establecido en la orden ministerial, pueden reabrir los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV) y los centros de jardinería y viveros de plantas "sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta", ofreciendo, eso sí, un servicio con cita previa. Además, el Ministerio de Sanidad ha prorrogado los plazos de las ITV para aquellos vehículos cuya fecha de próxima inspección coincidiera con el estado de alarma en 15 días naturales por cada semana transcurrida desde el inicio de ese período hasta que se hubiera producido el vencimiento.

Deporte.
Los deportistas no profesionales también pueden disfrutar de la práctica de deportes en instalaciones deportivas al aire libre (como pistas de atletismo o tenis), aunque con cita previa, sin público y siempre que sean actividades que no impliquen contacto físico y que no sean piscinas. Además, se reanudan las "actividades deportivas individuales con previa cita en centros deportivos que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios", es decir, que se puede asistir a clases con entrenador personal siempre que no se realicen en centros 'boutique' de entrenamiento. 

Para los profesionales también hay relajación de las restricciones y se autoriza la apertura de centros de alto rendimiento "con medidas de higiene y protección reforzadas y, si es posible, con turnos"; así como retomar los entrenamientos medio en ligas profesionales y con solo un entrenador por deportista si es imprescindible. Ahora bien, solo pueden acudir a aquellos centros que estén más cercanos a su residencia. La caza y pesca deportiva, actividades que estaban pensadas para la fase 2 de la desescalada, se autorizan finalmente en la etapa 1 siempre y cuando sea posible respetar la distancia de seguridad de al menos dos metros, no se compartan los utensilios destinados a la realización de estas actividades y, tras su uso, se desinfecten todos los materiales utilizados. 

En cuanto a los ratos permitidos en la fase 0 para salir a pasear o hacer deporte, se siguen manteniendo durante la fase 1, así como sus franjas horarias. Así lo confirmó Fernando Simón, quien declaró que se mantendrán en todas las provincias independientemente de si pasan de fase o no. No obstante, Sanidad ha dejado en manos de cada comunidad autónoma la decisión de elegir las frnajas horarias de estas salidas para cada grupo de edad, que pueden comenzar "hasta dos horas antes y terminar hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de dicha franja", recoge el BOE.

Vuelven los museos y los rodajes de cine.
Esta fase 1 es especialmente significativa para el sector de la Cultura, ya que en esta etapa se pueden abrir las bibliotecas para realizar préstamos y lecturas en sala — si no se permite el préstamo domiciliario y no incluye el estudio— (con limitación de aforo aún sin especificar) y los museos, aunque será solo para visitas, no para actividades culturales, y con "un tercio de aforo con control de aglomeraciones en las salas". Se retoman también el turismo activo y de naturaleza "para grupos limitados de personas" de 10 personas. 

Asimismo, se reanuda la producción audiovisual y los rodajes de cine y series (en espacios cerrados y platós) y está abierta la posibilidad de organizar actos y espectáculos culturales de "menos de 30 personas en lugares cerrados" (con 1/3 de aforo) y de menos de 200 personas si son al aire libre (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria), según detalla el Ministerio de Sanidad. 

En Castilla-La Mancha, según las nuevas disposiciones del BOE publicadas a fecha de 16 de mayo, el aforo máximo autorizado en lugares cerrados será de 20 personas, que se pueden convertir en 100 asistentes en el caso de los lugares al aire libre. Por su parte, en la Comunidad Valenciana se permite sólo un aforo máximo de 30 personas en ambos escenarios; mientras que en la Región de Murcia el aforo máximo permitido en lugares al aire libre es de 50 personas.

Esto incluye salas de conciertos, teatros y cines, donde los espectadores deberán sentarse en butacas numeradas y separadas por dos metros, pero no se permitirá la apertura de bares en los mismos espacios. También en los rodajes se tendrá que mantener la distancia interpersonal de dos metros — aunque en el caso de los actores y actrices, por la "naturaleza" de su trabajo, se plantearán "medidas de seguridad diseñadas para cada caso particular" — y se llevarán a cabo con el equipo imprescindible.

Entierros, velatorios y misas.
"Se autorizan los velatorios en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en espacios cerrados" (sean convivientes o no), detalla el BOE. En el caso de las cremaciones, se restringe también a un máximo de 15 personas (entre familiares y allegados), además de, en su caso, del ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto. En la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, los velatorios sólo podrán celebrarse de 8 a 22 horas. 

También se puede acudir a lugares de culto, cumpliendo con un aforo de un tercio del total de su ocupación y cumpliendo con las medidas de higiene, y la distancia entre los asistentes de dos metros. Para calcular que el aforo está al completo o no, el Estado ha propuesto una serie de medidas para comprobarlo: una persona por asiento o por cada metro lineal de banco (si los hay) o, si es un espacio sin asientos, deberá haber una persona por metro cuadrado de superficie reservada para los asistentes — sin contar con pasillos, vestíbulos, lugar de la presidencia y colaterales —. Además, la orden incide en otro detalle importante: la celebración de actos de culto no podrán realizarse en el exterior de los edificios ni la vía pública. Tampoco se permite el uso de agua bendecida, "tocar o besar objetos de devoción u otros objetos" y no habrá coros en las iglesias.

Hoteles sin zonas comunes.
Los alojamientos turísticos también pueden abrir las puertas a sus clientes, aunque sin zonas comunes, para evitar las aglomeraciones de gente. Además, habrá otro tipo de restricciones, como en restauración; entre otras actividades, "desinfección y refuerzo de normas de salud e higiene"; aunque sí pueden abrir las terrazas, si es que disponen de ellas, bajo las mismas normas que en restauración. Pero no está permitido el uso de "piscinas, spas, gimnasios, miniclubs, zonas infantiles, discotecas, salones de eventos y de todos aquellos espacios análogos que no sean imprescindibles para el uso de hospedaje del hotel o del alojamiento turístico".

Congresos y centros educativos.
Aquellas instalaciones científico-técnicas que cerraron durante el estado de alarma por no considerarse como servicios esenciales pueden reabrir de forma "gradual" y se pueden celebrar seminarios y congresos científicos o innovadores, respetando distancia social de dos metros y con menos de 30 asistentes. Los centros educativos, como colegios, universidades y laboratorios (donde podrán reanudar sus tareas de investigación), pueden abrir; aunque no para atender a los estudiantes, sino para desinfectar las instalaciones, acondicionar y realizar gestiones administrativas y de investigación, en el ámbito universitario, o a nivel preparatorio de los docentes y personal auxiliar en el resto de centros.

Servicios sociales.
En este sector habrá una "reactivación progresiva", con atención prioritaria a los colectivos más desfavorecidos y siempre en función de las recomendaciones sanitarias establecidas. "Entre ellos, y en atención a las personas con discapacidad, las terapias de atención temprana, ocupacionales, de rehabilitación y psicosociales", señala el documento. También se permite la atención domiciliaria y seguimiento continuo a personas mayores "que no vivan en residencias". Atenderán de forma presencial si es necesario, "prestando especial atención a los servicios de terapia, rehabilitación, atención temprana y atención diurna para personas con discapacidad y/o en situación de dependencia".
  


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