viernes, 24 de febrero de 2023

Cuota en la comunidad de Propietarios: qué es y cómo funciona.

Existen varios elementos que influyen a la hora de compartir zonas comunes en una comunidad de vecinos, entre ellos la cuota de la comunidad.


Cabe destacar que todo lo referente a las comunidades de propietarios está regulado por la llamada Ley de Propiedad Horizontal, que estipula los derechos y obligaciones de los propietarios de las viviendas que conforman el edificio o comunidad. Sabemos que este tema puede resultar algo farragoso y dudoso, por ello vamos a contarte todo sobre este concepto.

Qué es la cuota de participación.
La cuota de participación es una forma de determinar de qué manera participa cada vivienda, local o garaje en los beneficios y cargas de la comunidad de propietarios.

No todos los inmuebles deberán pagar los mismos gastos de comunidad, sino que dependerá de la cuota de participación que tenga estipulada cada vivienda en las escrituras del edificio y en la que influyen varios factores, como la superficie del inmueble, su altura, su situación dentro del edificio y el emplazamiento interior y exterior de cada una de las viviendas que componen la construcción.

¿Quién debe pagar la cuota de la comunidad de propietarios?
Referente a quién debe pagar la cuota de la comunidad, la Ley de Propiedad Horizontal atribuye esta obligación a todos los propietarios del inmueble, que tendrán que abonar no sólo esta cuota sino también los gastos derivados del uso y mantenimiento de ésta, independientemente de quién viva en ella. Es decir, los inquilinos no pagarán la cuota comunitaria puesto que no son propietarios.

A pesar de esto, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) permite que un propietario que tenga su vivienda en alquiler, le cobre al inquilino ciertos gastos para el mantenimiento de la vivienda, como los gastos de la comunidad, el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) o la tasa de basura, entre otros, aunque no es lo más común.

¿Cómo se fija la cuota de participación?
Para fijar la cuota de la comunidad se calcula el coeficiente de participación, es decir, el porcentaje que determina la participación del propietario sobre las instalaciones y zonas comunes de la finca.

Para calcular la cuota de participación habrá que tener en cuenta:Superficie útil del piso o local
El uso que se prevé hacer de ciertos elementos comunes
Gastos que no se imputan por igual a los propietarios: En ocasiones no es necesario abonar ciertos gastos si no vas a disfrutar de ellos, como, por ejemplo, la piscina (aunque no es habitual)

Exención de vecinos que votaron en contra de algunas mejoras.
La cuota de la comunidad podría modificarse si los vecinos lo desean, es decir, podría cambiar la forma en la que se reparten los gastos del inmueble siempre y cuando se decida por unanimidad mediante el voto en una Junta de Propietarios. Posteriormente deberá inscribirse en el Registro de la Propiedad mediante Escritura Pública para que tenga validez.

Para qué sirve la cuota de la comunidad.
La cuota como tal sirve para representar la parte que le corresponde a cada propietario del valor total del edificio, establecer el coeficiente que corresponde al voto del propietario en los acuerdos debatidos en las juntas generales y para determinar la contribución de cada propietario a los gastos generales de sostenimiento del edificio.

Tipo de gastos en la comunidad de propietarios.
En toda comunidad de propietarios existen dos tipos de gastos: los ordinarios, que son las necesidades básicas del edificio para conservarlo en buen estado; y los extraordinarios, que son aquellos que no están previstos inicialmente en el presupuesto anual.

Gastos ordinarios.
Entre los gastos ordinarios, que se pagarán en función de la cuota que le corresponda a cada uno, en aplicación de los acuerdos adoptados, la ley y los estatutos son:Gastos de mantenimiento de los servicios habituales (limpieza, gastos bancarios, garaje, piscina, jardinería, mantenimiento de tuberías, tejados, calderas…etc.)

Gastos de las zonas comunes, como la recogida de basura.
Fondo de reserva, que no podrá ser inferior al 10% del último presupuesto ordinario y sirve para cubrir obras que se han producido por algún imprevisto.
Obras necesarias: Serán consideradas como tal aquellas obras imprescindibles para la habitabilidad y seguridad del edificio, el mantenimiento y conservación de la estructura y el cumplimiento de las leyes y normativas.

Todos los gastos ordinarios son de obligado pago para los propietarios, los utilicen o no.

Gastos extraordinarios.
Los gastos extraordinarios hacen referencia a aquellos que no están contemplados en el presupuesto anual ordinario habitual de la comunidad. Para acordar este tipo de gasto suele convocarse una junta extraordinaria donde se decide el tipo de pago, aumentando la aportación de cada propietario por medio de derramas o por el sistema que se acuerde.

¿Es obligatorio pagar todos los gastos de la comunidad?
Es importante tener claro que todos los gastos ordinarios serán obligatorios de pagar para los propietarios. Todos deberán proceder al pago de las cuotas ordinarias, aunque no hagan uso de determinados servicios de la finca.

Diferente es el tema de los gastos extraordinarios, pues si se aprueba el abono de una derrama para hacer frente a un gasto extraordinario y la obra que cubre la derrama es necesaria para la conservación del edificio, el propietario estará obligado a abonarla. Por el contrario, si las obras tienen por finalidad “servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, no exigibles y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes”, el propietario que haya votado en contra de la derrama no tendrá obligación de pagar la derrama, aunque vaya a beneficiarse de la mejora.

miércoles, 22 de febrero de 2023

En VENTA Casa baja en el centro de Navalcarnero.

  • Terminando de reformar la planta baja.
  • 3 Dormitorios.
  • 1 Baño completo.
  • Salón.
  • Cocina americana.
        
                  Fotografía Antigua                                                    Fotografía Actual                      

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viernes, 17 de febrero de 2023

Se disparan las hipotecas mixtas en España.

"Interesante para los consumidores en un contexto de inflación".

Todos los días vemos en los medios de comunicación noticias alarmantes sobre este asunto, tan delicado para todas las Familias, bien para contratar una nueva o para cambiar la que tenga en este momento.


          

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jueves, 16 de febrero de 2023

Portal Villa Real está en Linkedin.

LinkedIn es una red social orientada al uso empresarial, a los negocios y al empleo. Partiendo del perfil de cada usuario, quien libremente revela su experiencia laboral además de sus destrezas, la web pone en contacto a millones de empresas y empleados.
  
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miércoles, 15 de febrero de 2023

Carnaval 2023 de Navalcarnero.

Se acerca la semana de Carnaval y el Ayuntamiento ha programado varias fiestas en una carpa que se instalará en la Plaza de Segovia, destinada a diferentes edades, así como el tradicional desfile, que tendrá lugar el 18 de febrero. Os dejamos el cartel con toda la información, fechas y horarios.


martes, 14 de febrero de 2023

Cómo iluminar bien tu salón y que no haya sombras.

La iluminación es todo un arte que puede parecerte difícil de manejar. Y es que una luz bien elegida y bien colocada realza los espacios y los hace más cálidos. Si quieres acertar y convertirte en todo un experto, sigue estos consejos verás que no es tan arduo.


En el techo del salón te recomendamos, sin duda alguna, los focos orientables: así los puedes mover para evitar sombras y reflejos. Si hay focos encastrados en la pared deben quedar, como poco, a unos 30 cm. de la pared y estar separados entre metro y metro y medio entre ellos.

Si tienes una estantería elige una tira LED. Las hay de todo tipo y que iluminan muy bien.

En la zona del sofá conviene poner una lámpara central y un punto de luz complementario. La central puede ser de 600 lúmenes, por ejemplo.

Y, ¿qué pasa con la zona de la tele? Según cómo la tengas colocada, así deberás iluminar ese espacio. Si tienes la tele colgada en la pared, que es una de las cosas más habituales últimamente, puedes fijar una tira Led en el borde trasero del aparato, las hay con control por móvil y alimentación Usb que se conecta a la pantalla. Si tienes el televisor sobre un mueble puedes poner dos lámparas de mesa orientables dirigiendo la luz hacia el techo, así evitarás los reflejos en la pantalla. Y si tienes la tele dentro de una estantería te aconsejamos que fijes en la parte superior de la misma un par de focos orientables enfocándolos, en este caso, hacia abajo. Hay focos de este tipo a partir de 30 euros.

Si dispones de un rincón de lectura debes poner una luz adecuada, que aporte claridad. Puede ser un halógeno de pie, pero quitará espacio, así que te aconsejamos un aplique de pared con una bombilla de 700 lúmenes, por ejemplo.

Si tienes cuadros en las paredes también puedes iluminarlos. Si por ejemplo son varios y están alineados puedes probar a poner un foco sobre cada uno con un ángulo de 45 grados sobre el cuadro. Quedará fenomenal.

Si lo que tienes es una foto o varias, pon un cristal mate y un foco orientable encima de la misma. Si lo que tienes decorando la pared son cuadros grandes te conviene poner encima lámparas individuales más largas que el ancho del cuadro, siempre con luz cálida.

Lo importante en el comedor es que las luces no deslumbren, sobre todo la lámpara que vaya encima de la mesa para comer: conviene, siempre dependiendo del tamaño del salón-comedor y de la mesa, una luz calidad de 700 lúmenes de intensidad. ¿A qué altura debe estar esta lámpara?

Puedes añadir luces ambientales, que siempre aportan calidez al espacio, con una lámpara en un rincón o unos apliques pero siempre debes escoger, insistimos, luces cálidas y suaves, de 400 lúmenes como máximo.

Si sigues estas directrices ya verás que ganarás en luminosidad en el salón y las sombras habrán desaparecido como por arte de magia.
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