miércoles, 30 de noviembre de 2022

UCI: los vendedores se resisten aún a bajar los precios de las viviendas.

Detecta un incremento de propietarios interesados en vender, pero mantienen el precio pese a la situación macro. También se está reduciendo la demanda.


La situación económica se está complicando a medida que pasan los meses. En un escenario marcado por los elevados precios de la energía, la guerra en Ucrania, la subida de los tipos de interés y una ralentización de la actividad, son muchos los propietarios que están pensando en sacar a la venta viviendas.

Esta es una de las conclusiones del último estudio que han publicado Unión de Créditos Inmobiliarios (UCI) y Spanish International Realty Alliance (SIRA), que también refleja una contracción de la demanda y la apuesta de los vendedores por mantener inalterados de momento los precios de las viviendas.

El documento detalla que "se acentúa la brecha entre la oferta y la demanda de vivienda en España" y concreta que más del 61% de los profesionales inmobiliarios que han participado en la encuestan ya observa una reducción progresiva de los demandantes de vivienda

De hecho, destaca que "la percepción de los profesionales sobre la estabilidad o aumento del volumen de compradores ha bajado 19 puntos, hasta situarse en el 39% en el tercer trimestre del año, coincidiendo con los crecientes tipos de interés y los récords en la escalada del euríbor". Se trata del porcentaje más bajo desde verano de 2019.

Al tiempo que se está frenando la demanda, se está produciendo un incremento en la oferta: más del 60% de los profesionales asegura que se ha producido un aumento o se ha estabilizado el número de clientes vendedores durante el tercer trimestre de 2022, 5 puntos más que en 2021.

Y la tendencia se mantendrá al menos en lo que queda de año: en torno al 70% de los agentes inmobiliarios que han participado en el informe cree que el volumen de vendedores se mantendrá o crecerá en lo que queda de año y que se reduzca el número de compradores.

"Esta situación acabará afectando también al cierre de las operaciones durante los últimos meses del año, pues menos de la mitad de los profesionales (42%) cree que se mantendrán o incrementarán. En el extremo opuesto se encuentra el 57% de agentes que vaticina una bajada moderada en el número de transacciones", puntualiza el estudio.

Su visión coincide con la que han manifestado en los últimos días tasadoras, gestoras y firmas de inversión, que han explicado en un encuentro inmobiliario que el mercado se encuentra ahora paralizado, aunque aseguran que a medida que se vaya despejando la incertidumbre las operaciones volverán, ya que la liquidez y el deseo de invertir se mantiene en niveles altos.

En cuanto a los precios, y a pesar de que las previsiones apuntan a un descenso moderado del precio de las viviendas (al menos en términos reales), el estudio destaca la resistencia de los vendedores a la bajada de precios durante el tercer trimestre," ya que todavía el 74% de los profesionales sostiene que los precios se han mantenido estables o crecientes durante el tercer trimestre", señala.

De cara al futuro, los profesionales se muestran optimistas al considerar que la inestabilidad del mercado llevará a los vendedores a apostar por operaciones intermediadas por agencias inmobiliarias, lo que supondrá un crecimiento de sus negocios a corto plazo. También valoran las oportunidades de mercado que proporcionará la llegada de los Fondos Next Generation UE para la rehabilitación de viviendas, así como el papel del mercado residencial como valor refugio para los inversores en tiempos de incertidumbre.

"2022 ha sido un año de contrastes, con grandes cifras récord en la primera mitad del año, pero también con grandes incertidumbres provocadas por la alta inflación y la bajada de compradores. Es complicado predecir si esta situación continuará durante el 2023, por lo que lo mejor que podemos hacer desde el sector ante un entorno tan incierto es fomentar la adaptación al cambio, mejorar la capacitación de los equipos, progresar en la digitalización de los procesos y adaptarse a las necesidades de los clientes”, concluye José Manuel Fernández, subdirector general de UCI.
  

lunes, 28 de noviembre de 2022

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viernes, 25 de noviembre de 2022

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jueves, 24 de noviembre de 2022

La agradable sorpresa de un Tribunal al anular la comprobación de valores de una casa heredada.

La Agencia Tributaria de Galicia sólo anuló la comprobación de valores a aquellos herederos que en su día presentaron la reclamación y obtuvieron una resolución favorable por parte del TEAR de Galicia.


El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia ha resuelto un caso en el que da la razón a varios hermanos que heredaron una vivienda y que meses después recibieron una comprobación de valores por parte de la Agencia Tributaria de Galicia (ATRIGA) para comprobar que el Impuesto de Sucesiones estaba liquidado conforme a sus valoraciones.

Esta comprobación de valores fue recurrida por algunos de los herederos hasta lograr su anulación por el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Galicia. Aquellos herederos que no recurrieron vieron cómo la agencia tributaria no les aplicaba la resolución del TEAR, y les obligaba a pagar el Impuesto de Sucesiones (ISyD) por el valor comprobado por ella misma, que el TEAR había anulado para los herederos que sí recurrieron. Es decir, la Agencia Tributaria sólo anuló la comprobación de valores respecto a aquellos herederos que en su día presentaron la reclamación y obtuvieron una resolución favorable por parte del TEAR de Galicia. Al resto, siguió aplicándoles la valoración anulada.

La Agencia Tributaria de Galicia consideró que la liquidación dictada para los herederos que no reclamaron era firme y consentida, ya que no recurrieron. Esto llevó a uno de los copropietarios no recurrentes a solicitar la nulidad de pleno derecho, conforme al artículo 217 de la Ley General Tributaria, tal y como recuerda José María Salcedo, socio del despacho Ático Jurídico.

En el caso resuelto por el TSJ de Galicia, el recurrente consideró que la decisión de la ATRIGA de no extender los efectos de la resolución del TEAR a todos los copropietarios había vulnerado derechos fundamentales susceptibles de amparo constitucional (artículo 217.1.a, LGT). En concreto, el principio de igualdad previsto en el artículo 14 de la Constitución. El TSJ acepta este argumento y le da la razón.

En concreto, el contribuyente consideró vulnerado dicho derecho, “toda vez que como consecuencia de la resolución del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Galicia de fecha 11-10-2016 se anuló la liquidación por falta de motivación y, en ejecución de dicha resolución la Agencia Tributaria de Galicia dictó una nueva liquidación en relación a su hermana en la que redujo la valoración de los bienes de la herencia de 2.182.833,92 € a 1.807.662,07 €.”

Pues bien, el TSJ gallego acoge esta pretensión. Y ello, declarando que “esta actuación de la administración fue contraria al principio de igualdad - art. 14 CE – que exigía que, conforme al principio de buena fe que debe regir la administración/administrado y la objetividad que se supone en el acto administrativo, que la administración tributaria debió haber subsanado las liquidaciones (de oficio), ajustándolas al criterio correcto que se reconoció a uno de los herederos, y si no lo hiciere, incurre en una desigualdad en la aplicación de la norma, que configura uno de los supuestos del artículo 217 Ley 58/2003, que impone la acogida del recurso”.

El socio de Ático Jurídico hace hincapié en que el TSJ de Galicia entiende que hubo diferencia de trato por parte del fisco como fundamento para extender los efectos de la resolución del TEAR a otros contribuyentes que en su día decidieron no recurrir. “Es una decisión razonable, teniendo en cuenta que la firmeza de la liquidación no puede justificar que una valoración de un inmueble que ha sido anulada, siga teniendo plena vigencia para los copropietarios que en su día no recurrieron la liquidación de la Administración”, añade Salcedo.

En su opinión, esta sentencia abre la puerta a que todos aquellos contribuyentes que en su día decidieron no recurrir una liquidación idéntica a la que habían recibido otros copropietarios o contribuyentes en su misma situación, puedan acabar beneficiándose del éxito procesal de aquellos que sí decidieron recurrir.

“Y es que, aunque estos copropietarios decidieron no compartir las penas e incertidumbres que todo recurso conlleva, si podrán al menos compartir el éxito, y estar eternamente agradecidos al resto de propietarios que sí decidieron recurrir”, sentencia el socio de Ático Jurídico.
 

lunes, 14 de noviembre de 2022

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