viernes, 29 de octubre de 2021

El horario de invierno en octubre, ¿qué día cambia el reloj en España?

El cambio se producirá durante la madrugada del sábado 30 de octubre al domingo 31 de octubre de 2021.


Dentro de poco se producirá el cambio de hora para dar la bienvenida al horario de invierno en España. El otoño lleva semanas avisando, porque aunque las temperaturas siguen siendo cálidas y estables, las tardes son mucho más cortas que hace apenas un mes. Pero, ¿cuándo tendremos que poner en hora nuestro el reloj? Será en octubre, la madrugada del sábado 30 de octubre al domingo 31 de octubre de 2021.

El cambio de hora siempre se produce el último domingo del mes de octubre. Cuando el reloj apunte a las 3 de la madrugada, serán las 2, por lo tanto tendremos una hora más para dormir. Esto significa, además, que a partir de noviembre las mañanas serán más luminosas y las tardes pasarán muy rápido.

Entonces, ¿disfrutaremos de una hora más, o la perderemos? Esta pregunta es habitual cada vez que se acerca este acontecimiento. En el horario de invierno los relojes se retrasan, por lo que en España se disfrutará de una hora más durante la madrugada del sábado al domingo, el último fin de semana de octubre.

miércoles, 27 de octubre de 2021

El Tribunal Constitucional anula el impuesto de Plusvalía Municipal.

Este gravamen supone en la actualidad una fuente importante de financiación de los consistorios de todo el país.


El Tribunal Constitucional ha anulado este martes el impuesto de plusvalía municipal cobrado por los ayuntamientos. Según informan fuentes jurídicas a EL MUNDO, el tribunal de garantías, en una sentencia ponencia del magistrado Ricardo Enríquez, considera que el cálculo del impuesto es inconstitucional al entender que el sistema de cómputo objetivo no se corresponde con la realidad, afectando al principio de capacidad económica recogido en el artículo 31 de la Constitución española.
Este gravamen supone en la actualidad una fuente importante de financiación de los consistorios de todo el país.

La decisión ha sido adoptada por nueve magistrados al haberse abstenido de formar parte de la deliberación del Pleno Juan Antonio Xiol y encontrarse de baja médica el magistrado Alfredo Montoya. Además, el fallo de la mayoría contará con los votos particulares de los magistrados del sector progresista María Luisa Balaguer y Cándido Conde-Pumpido y el voto concurrente del presidente Juan José González Rivas.

El Alto Tribunal responde así a una cuestión de inconstitucionalidad elevada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía sobre los artículos 107.1, 107.2 a) y 107.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprobó el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

La sentencia considera que estos artículos son inconstitucionales y nulos porque establece un método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que determina que siempre haya existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento.

SIN EFECTO RETROACTIVO

Fuentes jurídicas consultadas explican que con este fallo, donde de facto se anula "al completo" el gravamen al declarar inconstitucional su cálculo, será imposible que los ayuntamientos puedan cobrar la plusvalía municipal en adelante, salvo que el legislador prevea una nueva fómula que se adecue a la doctrina constitucional. La sentencia, de hecho, sugiere este extremo, según indican las fuentes consultadas.

Por su parte, la sentencia, cuyo contenido íntegro se dará a conocer en los próximos días, declara la intangibilidad de las situaciones firmes existentes antes de la fecha de la aprobación de la misma. Es decir, la resolución no tendrá efectos retroactivos en su aplicación.

Este fallo se convierte en el golpe definitivo para el impuesto de plusvalía ya que en 2019 el Constitucional declaró inconstitucional la plusvalía municipal cuando la cuota es superior al incremento patrimonial y dos años antes, en 2017, el tribunal declaró inconstitucionales dos artículos del real decreto -107.1, 107.2 a) y 110.4- en la medida que sometía a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor del inmueble.

Esto se tradujo en que el TC obligó a que el impuesto no gravase en ningún caso actos o hechos que no fuesen exponentes de una riqueza real o potencial.

Por su parte, fuentes jurídicas explican que, en su reunión de este martes, el Pleno ha estado centrado en debatir esta sentencia y será mañana cuando se aborde el debate sobre la constitucionalidad del segundo estado de alarma decretado en pandemia.

martes, 26 de octubre de 2021

¿Cómo calcular la rentabilidad de una Vivienda?

Cuando hablamos de la rentabilidad de una vivienda nos referimos a la rentabilidad que podemos conseguir poniendo la vivienda en alquiler, de manera que la inversión que hacemos con la compra nos genera unos ingresos. 


Esta rentabilidad depende del precio de venta de la vivienda y del precio del alquiler. La rentabilidad de la vivienda en alquiler se calcula con la siguiente fórmula:

Rentabilidad = Ingresos del alquiler/precio de la vivienda x 100

Por ejemplo, si el precio de la vivienda es de 150.000 € y el alquiler mensual es de 600 €, primero tenemos que multiplicar esta cifra por 12 meses para saber los ingresos anuales:

600 x 12 = 7.200 €

La cifra resultante se divide por la inversión realizada en la compra de la vivienda y el resultado se multiplica por 100:

7.200 : 150.000 = 0,048 x100 = 4,8% rentabilidad bruta de la vivienda.

Para saber la rentabilidad neta hay que sumar todos los gastos de la vivienda (comunidad, IBI, seguros) y restarlos de los ingresos.


lunes, 25 de octubre de 2021

25 Plantas de interior altas.

Cuando se habla de plantas altas para interiores, acostumbramos a referirnos a plantas con alturas de metro y medio o superiores. Es cierto que no todos los hogares o espacios aceptan plantas de interior grandes, pero en pisos o casas de techos altos pueden suponer una gran opción para dar un toque de verde.


De la misma forma, la decoración de interiores con plantas ofrece una enorme cantidad de posibilidades, y por ello vale la pena conocer tanto las especies pequeñas como las grandes. Si quieres aprender algunos de sus nombres, acompáñanos en este artículo de EcologíaVerde sobre 25 plantas de interior altas.

  

viernes, 22 de octubre de 2021

Cómo saber la Edificabilidad de una Parcela.

Si estás pensando en aventurarte a construir la casa de tus sueños, pero aún te surgen dudas sobre cómo saber la edificabilidad de una parcela, sigue leyendo este artículo en el que responderemos a todas las preguntas relacionadas con dicha urbanización del terreno.

Desde AR Luxury Living hemos creado esta guía sobre cómo saber la edificabilidad de una parcela para resolver todas tus dudas y ayudarte a elegir la parcela que más se adapte a tus necesidades y deseos. ¡Da el paso y contacta con nosotros!


Cómo saber la edificabilidad de una parcela: definición.
Empecemos por conocer el concepto. Podríamos definir la edificabilidad de un terreno cómo la normativa que rige cuantos X metros cuadrados de techo se pueden construir en X metros cuadrados de suelo.

Dicho en otras palabras, la cantidad total de metros cuadrados donde podrás construir dentro de un terreno o parcela, ya sea en una o varias plantas.
Cómo saber la edificabilidad de una parcela: tipos

Existen dos tipos de edificabilidad. Estos se encuentran establecidos por las normativas municipales y regionales del lugar donde planees construir. Estos son los siguientes:

Edificabilidad bruta.
La edificabilidad se denomina bruta cuando se trata de una parcela que en un futuro próximo será objeto de transformación urbanística.

Existen dos tipos de edificabilidad dentro de la categoría de suelo urbanizable.

● El suelo urbanizable sectorizado. Este debe ser y será objeto de edificalidad.

● El suelo urbanizable no sectorizado. Este podría ser objeto de dicha urbanización o no.

Edificabilidad neta.
La edificabilidad neta se refiere a solares edificables con un plan exhaustivo en el que se detallan las premisas y condiciones de edificación.

Este tipo de edificabilidad es propio de las ciudades. Esto se debe a que dispone de los servicios urbanísticos básicos como acceso directo al agua, saneamiento y a la electricidad.

Es importante que conozcas estas tipologías de urbanismos sí deseas cómo saber la edificabilidad de una parcela.

Cómo saber la edificabilidad de una parcela: requisitos.
La mayoría de las personas que se enfrentan por primera vez a este tipo de trámites, suelen pensar que se embarcan en un proceso complejo y engorroso. Pero lo cierto es que esta mediación es sencilla si conoces la información clave.

Para empezar, te aconsejamos que tengas muy claro qué tipo de terreno posees, cuáles con sus dimensiones y su localización. Además, te será de gran ayuda tener en mente el tipo de vivienda que deseas edificar en la parcela. Sabiendo todo esto ganarás tiempo. ¡Así que manos a la obra!

El proceso que nos ayudará a cómo saber la edificabilidad de una parcela en España, se alcanza al seguir los siguientes pasos.

● Acude al Ayuntamiento de tu localidad y solicita una cédula urbanística de la parcela o terreno en el que piensas edificar tu vivienda. Este paso es imprescindible.

● Una vez recibas el documento conocerás todo lo relativo a tu parcela o solar. La dimensión, el tipo de terreno etc. Entre estos datos se encuentra la edificabilidad, que se expresa en porcentaje de metros al cuadrado por cada metro del terreno.

Pongamos un ejemplo: en el documento podremos encontrar que el 0.7 de metros cuadrados del suelo es edificable. Esto supone que el 70% del terreno total será urbanizable. ¡Recuerda que esta construcción no ha de limitarse a una sola planta!

Cómo saber la edificabilidad de una parcela: fondo edificable.
Es importante no tener duda alguna sobre cómo saber la edificabilidad de una parcela. Por ello, a continuación pasaremos a explicar qué es el Fondo Edificable, concepto imprescindible si decides edificar tu parcela. Este término es entendido como la distancia que establece la superficie ocupable de la parcela.

Todo ello se basará en los datos de la alineación real u oficial del que dispone el terreno. Esta información la encontraremos en la cédula urbanística solicitada al Ayuntamiento. Por ello, es de vital importancia tener a mano todos estos datos como mencionamos anteriormente.

A través del Fondo Edificable seremos capaces de definir la posición de la construcción que deseamos realizar posteriormente sobre el terreno.

En el momento en el que establecemos esta línea podremos proceder a determinar la alineación secundaria, la cual impondrá los límites de la zona edificable y la rasante. Esto te dará la posibilidad de crear patios que estén bajo la normativa.

Recuerda que será el Fondo Edificable el que te permitirá planificar con antelación las claves en relación con la construcción de la vivienda. También te permitirá cumplir las normas y las leyes establecidas por el reglamento, de forma que la edificación sea lo más eficiente posible a la vez que se adapte a tus necesidades.

Cómo saber la edificabilidad de una parcela: factores a tener en cuenta.
Existen ciertos aspectos de las normativas que influyen de manera directa e indirecta en la edificabilidad de un terreno. A continuación, pasaremos a ver estos factores.

La ubicación del terreno donde se desea construir.
Generalmente, los terrenos en ciudades suelen ser los más rentables para ser edificables. En estas se puede edificar a mayor intensidad, son construcciones que pueden disponer de una mayor altura, ya que se puede construir a más de dos metros del suelo.

Los terrenos que se encuentren en zonas rústicas o lejanas de la ciudad suelen tener terrenos mucho más grandes. Sin embargo, los porcentajes de edificabilidad serán inferiores.

Ten en cuenta que según la ubicación de la parcela seguirá unas normativas regionales o municipales, las cuales también determinarán la edificabilidad del terreno.

Ordenación de la edificación.
Esta ordenación de la construcción te será muy útil, pues gracias a la misma podrás planear con antelación la estructura de la vivienda. Deberás tener en cuenta los siguientes conceptos:

● Alineaciones entre la calle y la edificación. Estas determinan la división entre el espacio público y el espacio privado. Dichas alineaciones suelen venir dadas por los planos de ordenación de las ciudades. Un ejemplo de ellos será el espacio que ocupa una calle o una manzana.

● Altura reguladora. Esta determina la altura máxima que puede tener algún edificio. Se calcula en función de la anchura de la calle y el número de plantas permitidas. Por ejemplo, en las zonas históricas, es imprescindible esta regulación de la altura.

● Profundidad Edificable. Se trata de la anchura de la franja de la parcela o terreno. Generalmente, las profundidades oscilan entre 12 y 20 metros del terreno. Si nuestro caso es el de una vivienda aislada en algún terreno rústico, se suelen construir cuatro fachadas y no existe ningún problema en relación con la profundidad edificable.

Los retranqueos son las distancias mínimas y máximas que se deben establecer con respecto a una parcela o terreno, gracias al cual determinaremos el tamaño y la posición de la vivienda.

Ten en cuenta que si tu vivienda estará aislada y se construirá en un terreno rústico será necesario dejar unos metros o márgenes sin edificar. Esto también ocurre con las viviendas adosadas, cuya normativa determina la necesidad de construir una pared de separación con el vecino.

Como mencionamos con anterioridad, las normativas determinan la distancia entre las fachadas y la calle. Si nuestro terreno se encuentra en una ciudad, no tendremos que preocuparnos de ello. Mientras que si pensamos construir sobre terrenos rurales, deberemos dejar hasta seis metros de distancia con el resto de viviendas.

Patios Interiores.
Para poder edificar en patios interiores, específicamente en ciudades, se deben cumplir las normativas. Sin embargo, en el caso de terrenos rurales, ya que no es común que se den este tipo de situaciones.

Todos estos consejos no solo te ayudarán a cómo saber la edificabilidad de una parcela, también te serán útiles para planear la futura construcción de la vivienda.

miércoles, 20 de octubre de 2021

¿Qué ventajas tiene pedir una hipoteca siendo jóvenes menores de 35 años?

Según el ‘Informe Juventud en España 2020’, elaborado por el Instituto de la Juventud (Injuve), un 75% de jóvenes dice no emanciparse por falta de estabilidad o suficiencia de los ingresos. Sin duda, la situación económica y la estabilidad laboral, así como tener pleno conocimiento sobre los gastos mensuales, son determinantes para adquirir una primera vivienda, pero en el mercado hipotecario también es posible encontrar soluciones de financiación para los menores de 35 años que estén pensando en adquirir su primera vivienda. Son las conocidas como hipotecas jóvenes, préstamos hipotecarios que, habitualmente, reúnen mejores condiciones que una hipoteca convencional.

A continuación, te contamos qué son, qué ventajas ofrecen y qué requisitos se necesitan para acceder a ellas.


¿Qué son las hipotecas jóvenes?
Como apuntábamos, una hipoteca joven es aquella pensada y diseñada para que los compradores de vivienda de entre 18 y 35 años puedan acceder a su financiación, con condiciones más ventajosas que las de una hipoteca tradicional.

¿Qué ventajas ofrecen las hipotecas jóvenes?
Para que los menores de 35 años puedan acceder a la compra de su primera vivienda, la mayoría de las entidades financieras aplican condiciones como:

Intereses más bajos.
Algunos bancos suelen bajar el diferencial de la hipoteca, que es el porcentaje que pactamos con la entidad a cambio de prestarnos dinero y que, en el caso de una hipoteca variable o mixta, se suma al Euribor, el índice de referencia más utilizado en nuestro país. Por lo tanto, las cuotas suelen ser más económicas que las de las hipotecas tradicionales.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que muchas entidades bancarias solo mantienen el diferencial más bajo hasta que el prestatario cumple los 35 años.
Mayor importe de financiación

El perfil tipo de los propietarios jóvenes en España corresponde a una persona de unos 31 años, con poco capital ahorrado y que necesita una financiación del 90%, según un análisis de UCI e Hipotecas.com.

Y es que, debido a la edad y al corto recorrido laboral de los solicitantes, la mayoría de las entidades son conscientes de que su capacidad de ahorro es reducida y ofrecen un importe de financiación superior al que se obtendría con una hipoteca tradicional.

Algunas entidades ofrecen la posibilidad de financiar hasta el 100% del valor de la vivienda, aunque en estos casos es habitual que se solicite un aval para garantizar el pago del préstamo hipotecario en caso de insolvencia.

Mayor plazo de amortización.
Dado que los solicitantes tienen, como máximo, 35 años, las entidades suelen flexibilizar el plazo de amortización; estableciendo la devolución del capital en unos 35 o 40 años, superior al plazo habitual de 30 años, por lo que las cuotas serán más bajas.

Sin productos vinculados.
Aunque ningún banco puede obligarnos a contratar productos asociados (como seguros de vida, de hogar, o planes de pensiones, entre otros) a cambio de ofrecernos una hipoteca, algunas entidades suelen ofrecer bonificaciones en el tipo de interés a cambio de su contratación en una hipoteca tradicional.

En las hipotecas jóvenes, sin embargo, esto no ocurre. La mayoría de las entidades no suelen vincular ninguno de estos productos a una mejor oferta.

Menos impuestos.
Algunas comunidades autónomas también ofrecen a los menores de 35 años facilidades para acceder a una vivienda. La más destacada es el descuento del impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP).

Este tributo, de competencia autonómica, es el que debe abonar el comprador cuando compra una casa de segunda mano y suele ser del 10% de media. Como apuntábamos, los menores de 35 años pueden llegar a pagar hasta 7 puntos porcentuales menos de ITP en algunas comunidades autónomas.

¿Qué requisitos se necesitan para acceder a una hipoteca joven?
Para acceder a una hipoteca joven necesitaremos cumplir con unos requisitos, al igual que sucede con el resto de las hipotecas.

Estabilidad económica.
Como comentábamos al inicio, es esencial tener presente la situación económica y la estabilidad laboral, así como tener pleno conocimiento sobre los gastos mensuales para determinar si es buen momento para adquirir esa primera vivienda.

A pesar de que las entidades son conscientes de que una persona menor de 35 años no contará con demasiada solvencia, sí que demandan que los solicitantes tengan un trabajo estable, cuya antigüedad no sea menor a cuatro años; un buen sueldo, que ronde, como mínimo, los 2.000 euros netos mensuales; y un buen historial crediticio.
Tener ahorros

Como apuntábamos, muchos de los bancos ofrecen hasta el 100% del valor de tasación de la hipoteca. Sin embargo, aún en esta situación, los solicitantes deben tener unos ahorros del 15% o 20%, que es lo que suelen costar los gastos de formalización del préstamo hipotecario.

Si cumples con estos requisitos y tienes 35 años o menos puede que comprar la casa de tus sueños no esté tan lejos como pensabas.


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