Para que las calles y la vía pública estén limpias, los ayuntamientos han ideado lo que se conoce como la tasa de basuras, un impuesto destinado a la recogida y limpieza de los desechos, así como su posterior tratamiento y reciclaje. Sin embargo, en 2025 va a haber novedades debido a la aplicación de una directiva europea.
En este artículo explicamos para qué sirve, quién tiene que pagarla, cómo se calcula la cuantía, las novedades que se aplicarán como tarde desde el 10 de abril de 2025 y toda la información relativa a la tasa de basuras.
Qué servicios cubre la tasa de basuras.
La tasa de recogida de residuos sólidos urbanos, también conocida como tasa de basuras, es un impuesto público de carácter local asociado al servicio de recogida de basura. El ayuntamiento puede gestionar este servicio, aunque otras veces encarga a empresas su ejecución.
Este impuesto cubre el servicio de recogida de basura, así como la limpieza de los contenedores. Además, incluye el tratamiento posterior de reciclaje de los desechos en los centros especializados en ello. Cabe señalar que, como con cualquier impuesto, se comienza a aplicar una vez que el servicio se inicia de forma efectiva.
¿Cómo se calcula la tasa de basuras?
No hay una sola cuota. El cálculo del impuesto de basuras depende de cada municipio, es decir, corresponde a los distintos ayuntamientos establecerlo, algo que hacen anualmente. Por tanto, si se quiere conocer un importe concreto, habrá que acudir a la normativa del ayuntamiento en cuestión.
Sin embargo, existen algunos métodos para saber cómo se calcula o qué es lo que determina la cantidad a pagar. El importe también depende de a qué tipo de inmueble se cobra el gravamen. Por ejemplo, en el caso de las viviendas, se calcula (muchas veces) según su ubicación o sus m2. En cambio en los locales, según la actividad que se desarrolle, la cantidad de basura, etc.
Algunos factores o cuestiones a considerar a la hora de calcular la cuantía de la tasa de basuras son:
- Tarifa estándar: En muchas ciudades, todos los hogares tienen una tasa fija y abonan la misma cantidad
- Consumo de agua: Hay ciudades que establecen la tasa basándose en cuánta agua se consume en el inmueble.
- Cantidad de basura generada.
- Ubicación: En algunas localidades, la cantidad a pagar se decide según la categoría fiscal de la calle donde se ubica la vivienda, sin considerar su tamaño u otros factores.
- Tamaño de la vivienda: En ciudades como Vitoria, el coste se basa en el tamaño de la casa, más que en su ubicación
- Valor catastral: En algunas zonas, la tasa se determina según el valor catastral del inmueble, que se revisa periódicamente.
- Otros criterios.
Características de la tasa de residuos sólidos urbanos.
Tienen que pagar el impuesto de basuras las personas, empresas o entidades que usen viviendas o locales en áreas donde se realice el servicio. Esto incluye a propietarios, inquilinos y otros usuarios de esos espacios.
Pero, ¿quién debe pagar la tasa de basuras en un piso de alquiler? Lo cierto es que el propietario de una vivienda o local en alquiler, puede repercutir el pago del impuesto de basuras al inquilino. Asimismo, para poder hacerlo, debe estar reflejado en el contrato de arrendamiento.
Y, ¿quién paga esta tasa en la venta de una vivienda? Generalmente, el vendedor debe vender el piso libre de cargas. Por tanto, deberá pagar los impuestos que se hayan generado hasta la formalización y ejecución del contrato de compraventa.
¿Cuándo se paga la tasa de basuras?
La tasa de basuras se paga desde que empieza el servicio de recogida en tu casa o negocio. Si tu inmueble está en construcción o en un área sin este servicio, no tienes que pagar, incluso si el municipio generalmente cobra esta tasa.
Sin embargo, son los ayuntamientos quienes deciden cómo se maneja esta tasa y sus detalles específicos. Generalmente, el primer pago se hace según los meses que usarás el servicio ese año (desde que te mudas o empiezas un negocio). Luego, se paga cada año, en la fecha que decida el ayuntamiento.
Respecto al plazo o el periodo en el que hay que pagar el impuesto de recogida de basura, es algo que establecen los ayuntamientos. No hay una única fecha. Por ejemplo, en Barcelona se paga del 1 de mayo al 30 de junio; mientras que en Madrid, del 1 de octubre al 30 de noviembre.
La nueva tasa de basuras, ¿cómo funcionará?
La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, traslada a la legislación nacional los objetivos de la directiva europea en materia de residuos, cuyo objetivo es fomentar la economía circular, la gobernanza y la trazabilidad de los residuos. Además, promueve una jerarquía en su gestión:
- Prevención.
- Preparación para la reutilización.
- Reciclaje.Valorización energética.
- Eliminación.
Esta directiva, basada en el principio de quien contamina paga, establece metas concretas: para 2025, el 55% de los residuos municipales en peso deben ser reciclados, cifra que aumentará al 60% en 2030 y al 65% en 2035.
En cuanto a su aplicación en España, la normativa obliga a las Haciendas Locales a establecer una tasa específica y diferenciada para cubrir los costes reales de la gestión de residuos. Por tanto, la nueva tasa de basuras de 2025:
- Debe “reflejar el coste real, directo o indirecto, de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos, incluidos la vigilancia de estas operaciones y el mantenimiento y vigilancia posterior al cierre de los vertederos, las campañas de concienciación y comunicación, así como los ingresos derivados de la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor, de la venta de materiales y de energía”.
- No puede integrarse en otros tributos o tasas, siendo fundamental que su cálculo sea transparente y separado de otras obligaciones fiscales.
- Debe ser no deficitaria, es decir, el importe recaudado debe cubrir íntegramente el coste del servicio sin generar pérdidas.
Esta medida busca, además, facilitar la implantación de sistemas de pago por generación, es decir, los ciudadanos y empresas pagarán en función de la cantidad de residuos que produzcan, incentivando así una mejor gestión individual y colectiva.
Ventajas del sistema de pago por generación.
Este sistema premia a los usuarios que mejor gestionen los residuos:
- Incentivos para reducir residuos: Cuanto menos residuos mezclados se generen, menor será la tasa a pagar.
- Promueve el reciclaje: Los ciudadanos son recompensados por separar adecuadamente los materiales reciclables o realizar compostaje doméstico.
- Mayor equidad: Los costes se reparten de forma más justa, dependiendo del impacto ambiental de cada persona o vivienda.
La Ley 7/2022 recomienda los sistemas de pago por generación, pero no obliga a implementarlos, ya que la viabilidad de esto depende de la capacidad técnica y administrativa de cada municipio, así como de la voluntad política para avanzar hacia modelos más sostenibles y equitativos.
De hecho, la citada ley contempla que los ayuntamientos puedan adaptarla a las necesidades y características específicas de su población, a la par que deja libertad para implementar diversos factores que promuevan la sostenibilidad y equidad social:
- Incentivos para la recogida separada en viviendas de alquiler vacacional y similares: Busca fomentar prácticas responsables en alojamientos temporales, donde la gestión de residuos puede ser más compleja debido a la rotación de inquilinos.
- Reducciones por compostaje doméstico o comunitario: Se reconoce y auspicia la gestión sostenible de residuos orgánicos mediante prácticas de compostaje, otorgando descuentos a quienes las implementen.
- Deducciones por participación en recogidas separadas: Se premia a aquellos que colaboren activamente en sistemas de recogida separada, ya sea mediante puntos limpios o puntos de entrega establecidos por el municipio, lo que facilita el reciclaje y la reutilización.
- Ayudas para personas en riesgo de exclusión social: Las personas y familias vulnerables, incluidas las familias numerosas, pueden beneficiarse de reducciones en la cuota, como ya lo ha hecho el Ayuntamiento de Madrid al incluir bonificaciones concretas.
- Programas obligatorios: Los municipios con más de 5.000 habitantes deben desarrollar programas de gestión de residuos alineados con los planes autonómicos y estatales
La nueva tasa de basuras en Madrid.
El Ayuntamiento de Madrid aprobó recientemente la nueva tasa de basuras que deberá estar implementada antes del 10 de abril de 2025. La nueva tarifa afectará a alrededor de 1,7 millones de inmuebles, quedando exentos del pago los garajes y trasteros vinculados a viviendas, así como solares y edificios declarados en ruina.
Según aparece en la web del Ayuntamiento de Madrid, el coste medio para las viviendas será de aproximadamente 141 euros anuales, mientras que los inmuebles destinados a uso comercial pagarán de media 310 euros. La nueva cuota se basa en dos criterios: un coste fijo del 81% con base en el valor catastral de cada inmueble y el 19% restante en función del barrio y los residuos generados. Los barrios con valores catastrales más altos y mayor generación de residuos tendrán cuotas más elevadas, mientras que aquellos con valores catastrales más bajos y menor producción de residuos pagarán menos.
Igual que sucedía antes, la tasa de basuras, generalmente, la paga el propietario del inmueble, aunque puede pactar con el inquilino lo contrario.
Para mitigar el impacto de este nuevo tributo, la administración madrileña ha decidido reducir el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en 2025, lo que supone la cuarta rebaja consecutiva. Actualmente, el tipo está en el 0,442% y pasará al 0,428%, situándose cerca del mínimo legal permitido del 0,4%.
Precios de la tasa de basuras de Madrid por barrios.
Los barrios con las cuotas más elevadas son: El Plantío (Moncloa-Aravaca): 574 euros
- El Viso (Chamartín): 457 euros.
- Recoletos (Salamanca): 430 euros.
- Los Jerónimos (Retiro): 427 euros.
- Castellana (Salamanca): 385 euros.
- Valdemarín (Moncloa-Aravaca): 376 euros.
Por otro lado, los barrios con los recibos más bajos son:
- San Cristóbal (Villaverde): 45 euros.
- Pradolongo (Usera): 59 euros.
- Zofío (Usera): 59 euros.
- Amposta (San Blas-Canillejas): 62 euros.
- Portazgo (Puente de Vallecas): 64 euros.
- San Diego (Puente de Vallecas): 64 euros.
Sin embargo, estas cifras son aproximadas y pueden variar según las características de cada inmueble y la cantidad de residuos generados.