Implica un procedimiento administrativo ante la Comunidad Autónoma para liberar el inmueble, permitiendo su venta a precio libre. Requiere cumplir plazos (generalmente 10-15 años), devolver ayudas y bonificaciones recibidas (más intereses), y presentar la documentación solicitada (escritura, nota simple, y tasas) en el órgano autonómico de vivienda.
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Pasos Clave para la Descalificación Voluntaria:
- Verificar plazos y requisitos: Comprobar si ha transcurrido el tiempo mínimo de protección establecido en la cédula de calificación definitiva (normalmente entre 10 y 15 años).
- Solicitud y documentación: Presentar la solicitud formal ante el organismo de vivienda autonómico junto con la copia de la escritura, nota simple actualizada, DNI de los propietarios y el abono de las tasas correspondientes (ej. tasa 4727 en la Comunidad de Madrid).
- Devolución de ayudas: Proceder a la devolución de las ayudas económicas, subvenciones y bonificaciones fiscales recibidas durante el periodo de protección, incluyendo los intereses acumulados.
- Resolución administrativa: Esperar la resolución de la administración que autoriza la descalificación tras comprobar que no se causan perjuicios a terceros.
- Inscripción: Registrar la resolución de descalificación en el Registro de la Propiedad para convertir la vivienda en libre.
Nota: La normativa varía según la Comunidad Autónoma, siendo necesario consultar la legislación específica de la región donde se ubica el inmueble.





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