miércoles, 20 de septiembre de 2023

El BCE sube otros 25 puntos básicos los tipos llevándolos a máximos de 2001 y telegrafía el final de las alzas.

El Banco Central Europeo (BCE) ha decidido este jueves continuar endureciendo su política monetaria, a pesar de la desaceleración de la economía de la eurozona (y con una recesión acechando a su mayor potencia, Alemania), dando de nuevo más importancia a su principal objetivo: el control de la inflación. Así, la institución ha vuelto a subir los tipos de interés 25 puntos básicos, siendo el cuarto incremento seguido de esta magnitud y el décimo consecutivo desde que en julio del año pasado comenzó a encarecer el precio del dinero. En total, 450 puntos básicos en 14 meses. En su comunicado con la decisión, el BCE ha telegrafiado que esta debería ser la última subida de tipos del ciclo.


De esta forma, con efectos a partir del 20 de septiembre, el tipo principal de refinanciación escala al 4,5%, una marca que no se alcanzaba desde hace más de 22 años (mayo de 2001). Asimismo, la tasa de depósito (donde los bancos de la eurozona aparcan su liquidez) sube al 4%, un nivel nunca visto. Mientras, la facilidad marginal de crédito (ventanilla de emergencia donde acuden los bancos a pedir liquidez) asciende hasta el 4,75%, algo que no sucedía desde finales de 2008.

"La inflación sigue disminuyendo, pero todavía se espera que se mantenga demasiado alta durante demasiado tiempo. El Consejo de Gobierno está decidido a garantizar que la inflación regrese oportunamente a su objetivo de mediano plazo del 2%. Para reforzar el progreso hacia su objetivo, el Consejo de Gobierno decidió hoy aumentar los tres tipos de interés oficiales del BCE en 25 puntos básicos", comienza el comunicado del BCE.
  

martes, 19 de septiembre de 2023

RESERVADO piso 2 dormitorios en el centro de Navalcarnero.

  • Disponibilidad finales de Octubre.
  • En el centro de Navalcarnero.
  • 2 dormitorios; el pequeño exterior con vista a gran patio interior.
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  • Cocina amueblada con vitro ceramica, horno, lavadora y frigorífico.
  • Baño con plato de ducha.
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  • Tendedero.
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  • Rampa de acceso en portal.







750 € + mes de fianza

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domingo, 17 de septiembre de 2023

Un Tribunal respalda a quienes tributaron por debajo del valor de Escritura de la casa.

Importante decisión del TEAR de Madrid sobre tributación en transacciones inmobiliarias preley antifraude fiscal.


La entrada en vigor del nuevo valor de referencia de Catastro (contemplado en la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal) ha puesto fin a una de las polémicas que venían sosteniendo los contribuyentes frente a Hacienda, con la anterior normativa. Ésta es la referida a saber si se puede tributar por un valor inferior al de la escritura, pero siempre y cuando se declare según el valor oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente. Actualmente, no hay duda de que en estos casos, prevalece el valor de escritura. Sin embargo, para las transmisiones anteriores a la entrada en vigor de dicha ley, la duda persiste. Y ahora el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Madrid ha respaldado la interpretación de los contribuyentes en una reciente resolución, es decir, respalda que se puede tributar por un valor inferior al de la escritura de compraventa de una casa.

José María Salcedo, socio director de Salcedo Tax Litigation, que ha obtenido la resolución favorable en el TEAR de Madrid, señala que “antes de esta ley, no existía un artículo que exigiera a los contribuyentes tributar según el valor de la escritura, incluso si este era superior al valor oficial de la Comunidad Autónoma. En ese caso, la Administración aplicaba el artículo 46.3 del Real Decreto Legislativo 1/1993, que establece que si el valor declarado es superior al valor comprobado, se toma el valor declarado como base imponible”.

Sin embargo, este artículo solo se aplica cuando la Administración ha iniciado una comprobación de valores, no como una regla general de cuantificación de la base imponible. Cuando un contribuyente declara según el valor oficial de la Comunidad Autónoma, la Administración no puede iniciar una comprobación de valores, como lo establece el artículo 134.1 de la Ley 58/2003 General Tributaria (LGT). Esto significa que cuando un contribuyente declara según el valor oficial, no se puede iniciar una comprobación, incluso si ese valor es inferior al valor de la escritura.

En el caso resuelto por el TEAR de Madrid, el contribuyente también solicitó una valoración previa del inmueble, lo que vinculó a la Administración, y el TEAR respaldó al contribuyente en este caso. El TEAR da la razón al contribuyente que tributó por debajo del valor de escritura, al concluir que “si el valor del inmueble ya quedó reflejado en la información facilitada por la propia Administración en los términos previstos en el citado precepto, y no se cuestiona la veracidad y suficiencia de los datos y de los elementos de hecho y circunstancias manifestados por el obligado tributario a la hora de solicitarla, aquel valor debe prevalecer sobre el escriturado, siempre y cuando, eso sí, se cumplan los demás requisitos que exige la norma (…)».

En definitiva, según declara José María Salcedo, estos argumentos han sido aceptados por el TEAR de Madrid en resoluciones recientes, lo que abre la posibilidad para otros contribuyentes en situaciones similares de impugnar las liquidaciones de impuestos basadas en el valor de escritura cuando hayan declarado conforme al valor oficial de la Comunidad Autónoma o hayan obtenido una valoración previa de la Administración.

Sin embargo, el socio director de Salcedo Tax Litigation avisa de que es importante tener en cuenta que aún no hay una doctrina clara del Tribunal Supremo sobre este tema, por lo que es necesario evaluar cada caso específico y considerar la asesoría legal adecuada.
  

miércoles, 13 de septiembre de 2023

La importancia de la satisfacción del Cliente.

Un Cliente satisfecho (neutro) o complacido (promotor) genera rentabilidad para la marca/empresa porque…


1. VUELVE A COMPRAR. La empresa obtiene como beneficio su lealtad y la posibilidad de venderle el mismo u otros productos/servicios en el futuro.

2. RECOMIENDA. La empresa obtiene como beneficio la difusión o publicidad espontánea y gratuita que el Cliente genera a sus conocidos (conocido como boca a boca).

3. SE FIDELIZA. La empresa obtiene como beneficio una mayor participación en el mercado, dejando de lado a la competencia.
  

miércoles, 6 de septiembre de 2023

Día 8 de Septiembre de 2023, CERRADO por Fiesta Patronal.

Se celebran cada año en la primera quincena de Septiembre, siendo el día 8 la Fiesta Mayor , tradicional Procesión con la Imagen de Nuestra Señora de la Concepción.

Son relevantes las actividades deportivas y culturales, la celebración del Real Mercado del Siglo de Oro ambientado en la época de Felipe IV, donde pueden ser degustados productos típicos de esta Villa, presenciar actuaciones de grupos de teatro, así como admirar y comprar los laboriosos trabajos de los artesanos.

¡ NUESTRA OFICINA PERMANECERA CERRADA !

 

martes, 5 de septiembre de 2023

¿Se puede vivir bien en una Mini Casa de 30 metros cuadrados? He aquí algunos ejemplos......

UN MUEBLE COMO SEPARADOR DEL DORMITORIO.


Y, aunque se eliminaron todas las paredes, se colocó una gran estantería que regalara almacenaje, pero también sirviera como separador de la zona del dormitorio. Así, el espacio parece más amplio, pero con ciertas divisiones, que proporcionan intimidad.

CORTINAS PARA SEPARAR.


La zona del dormitorio se ha flanqueado con unas cortinas, "una división más mental que real", afirma el propietario. Además, son opacas por uno de sus lados, de manera que se garantiza mayor intimidad y menos paso de la luz, y ayudan a que el espacio resulte más acogedor.

EJEMPLOS DE PLANOS.

     
  
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