jueves, 21 de agosto de 2025

¿Qué gastos tendré que pagar siendo Propietario de una Vivienda?

Si te vas a convertir en propietario por primera vez, ten en cuenta los gastos fijos que tendrás que pagar como titular de la vivienda.



Comprar una vivienda no implica solo pagar una hipoteca todos los meses, hay gastos asociados a tu inmueble que, como propietario, tendrás que pagar. Si es tu primera vivienda de compra y andas un poco perdido, es normal que te surjan dudas acerca de los gastos que deberás pagar siendo propietario.

Además de los básicos como la cuota del préstamo si has decidido comprar tu vivienda con hipoteca, el agua o la luz, tendrás que pagar otros gastos de los que no solemos ser conscientes en un inicio. Para sacarte de dudas, en este artículo te contamos cuáles son los gastos mensuales de una vivienda que deberás pagar al ser titular de una propiedad. ¡Allá vamos!

7 gastos que pagan los propietarios de inmuebles.

¿Qué gastos empezarás a pagar una vez te conviertas en propietario? Estos son los siete costes más habituales para titulares de vivienda:

1. La hipoteca.
Este es el gasto fijo más elevado que pagan los titulares de una vivienda. Para que lo veas con un ejemplo, en España, el préstamo medio que se contrató en España en el mes de mayo de 2024 según el INE fue de 141.457 euros, con un plazo de devolución de 24 años, por lo que la cuota mensual de hipoteca media ronda los 689 euros al mes si se tiene en cuenta un tipo de interés medio del 3%.

Es un gasto elevado, aunque si el préstamo es entre dos titulares, el importe que deberá pagar cada uno se reduce. Ten en cuenta que lo ideal es que pagues una hipoteca que no suponga más del 35% de los ingresos del hogar.

2. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
El IBI es un impuesto regulado por cada Ayuntamiento, por lo que pagarás un importe u otro dependiendo de dónde residas. Este gasto deben pagarlo los propietarios de una vivienda, pero también de garajes o locales.

En España, el precio del IBI ronda entre el 0,4% y el 1,3% sobre el valor catastral de la vivienda. Por ejemplo, las capitales de provincia que más pagarían para una vivienda con valor catastral de 80.000 euros serían: Lérida (774 euros), Tarragona (762 euros), Gerona (746 euros) o Melilla (640 euros), mientras que las que menos pagan son San Sebastián (147 euros), Bilbao (153 euros) o Vitoria (258 euros).

3. La comunidad y las derramas.
A no ser que tu vivienda sea una casa unifamiliar o independiente, deberás pagar los gastos de comunidad por el uso de los espacios comunes. El precio varía en función de la comunidad de vecinos, aunque por lo general, los dueños de las viviendas afrontan la parte proporcional según la superficie del inmueble.

Los gastos de la comunidad incluyen servicios como la electricidad en zonas comunes, el agua, el seguro, el mantenimiento del ascensor o el servicio de limpieza y portería. Adicionalmente, si se aprobasen derramas para realizar obras o arreglos en la fachada, el gasto de la cuota de la comunidad puede dispararse. En España, el gasto medio de comunidad es de unos 105 euros mensuales.

4. El seguro del hogar.
Para estar cubierto ante eventualidades, las viviendas requieren de la contratación de un seguro del hogar que te proteja ante robos, incendios, inundaciones…

El precio del seguro dependerá de varios factores, como la cobertura, la compañía elegida o de tu vivienda. Para que te hagas una idea, el precio medio de una póliza de seguro del hogar es de unos 250 euros al año, tal y como informa la Organización de Consumidores y Usuarios.

5. Tasa de basuras.
La tasa de basuras, junto con el IBI, es otro de las gastos municipales que deben pagar los propietarios de vivienda. Se trata de una cuota que cobra el Ayuntamiento para asumir los gastos del servicio de recogida de basuras.

Casi todas las grandes ciudades o capitales de provincia en España aplican este gasto a los propietarios de inmuebles, sin embargo, no todos pagan lo mismo. De acuerdo con un estudio de la OCU, si eres propietario de una vivienda de 95 metros cuadrados, en Barcelona pagarías 150 euros anuales y en Alicante, por otro lado, pagarías solamente 30 euros al año.

6. Gastos de mantenimiento.
A diferencia de los inquilinos de pisos de alquiler, los propietarios de una vivienda son los responsables de pagar los gastos de mantenimiento. Es común tener que renovar electrodomésticos tras un tiempo de uso, reparar averías y desperfectos… Por lo que es muy importante contar con un buen seguro del hogar que te incluya la reparación de daños en tu vivienda.

7. Gastos varios: suministros e Internet.
Estos gastos también los pagarías siendo inquilino, pero no está de más recordarlos. A tu presupuesto mensual de gastos de casa deberás añadirle todos los servicios básicos:
  • Factura de la luz.
  • Factura del agua.
  • Factura del gas.
  • Factura del teléfono e Internet-
  • Plataformas de streaming.
  • Alarma de seguridad.
  • Limpieza.
  • Mutua de salud.
A esta lista tendrás que añadirle o quitarle aquellos servicios que usas o dejas de usar, pero al ser recurrentes, los llamados gastos hormiga, irán vaciando tu cuenta si no sabes poner límite a los servicios que contratas. Nuestro consejo es que contrates solo aquellos servicios que necesites y siempre compares opciones para conseguir las mejores ofertas.

¿Cuánto se paga de media en España por tener un piso en propiedad?
Para que lo veas con un ejemplo, vamos a calcular cuánto puede pagar, de media, un propietario de vivienda en España según los siete gastos detallados anteriormente:
  • Cuota media de hipoteca: la cuota media de hipoteca, según los datos de mayo de 2024, se sitúa en los 689 euros (8.268 euros al año).
  • IBI: el coste medio anual del IBI es de 89,75 euros.
  • Cuota de la comunidad: la cuota de la comunidad media en los edificios colectivos de España es de 105 euros al mes, 1.260 euros al año.
  • Seguro del hogar: el precio medio del seguro del hogar es de 250 euros anuales, según la OCU.
  • Tasa de basuras: según un estudio de la Fundación Ent, la tasa media de basuras es de 61,15 euros al año.
  • Gastos por reparaciones: este valor puede variar considerablemente según las necesidades de la vivienda, por lo que vamos a estimar una media de 1.000 euros anuales.
  • Suministros: de media, el precio de los suministros mensuales asciende a los 197,30 euros en 2024, es decir, un total de 2.367 euros anuales.
De acuerdo con los costes medios de cada uno de los gastos que deben abonar los propietarios de vivienda, mantener un piso en propiedad (con hipoteca) cuesta en España, de media, 13.296 euros.
  

martes, 19 de agosto de 2025

RESERVADO Solar en Escalona, Toledo.

Solar Reservado en Escalona - Oportunidad Única.


Pinche Fotografía para Ampliar

Pinche Fotografías para Ampliar

Pinche Fotografías para Ampliar

Pinche Fotografías para Ampliar

Pinche Fotografía para Ampliar

Parámetros Urbanísticos:
  1. 0,40% de Ocupación.
  2. 0,70% de Edificabilidad.

Descubre este espectacular terreno urbano en Escalona, ubicado a solo 30 metros de la margen derecho del río Alberche. Con una superficie total de 213 m², este terreno de esquina es ideal para construir la casa de tus sueños, ya sea como segunda residencia o vivienda habitual. La zona es tranquila y perfecta para disfrutar de la naturaleza y la serenidad que ofrece el entorno.

El terreno cuenta con todos los servicios necesarios a pie de parcela: luz, agua y alcantarillado, lo que facilita el inicio de tu proyecto sin complicaciones. Además, el acceso es a través de vía urbana, lo que garantiza comodidad y conectividad. El IBI anual es muy asequible, solo 36,76 €, lo que lo convierte en una opción atractiva para quienes buscan una inversión segura.

Con una superficie edificable de 140 m², podrás diseñar un chalet unifamiliar a tu gusto. La zona está equipada con alumbrado público y aceras, brindando un ambiente seguro y accesible. No pierdas la oportunidad de adquirir este terreno en una ubicación privilegiada. ¡Contáctanos para más información y comienza a hacer realidad tu proyecto!

12.500 €

Teléfono: +34 91 810 17 58
Móvil: +34 669 439 774

martes, 12 de agosto de 2025

Festividad del "15 de Agosto de 2025"; Asunción de la Virgen.

El día 15 de Agosto, se celebra "La Asunción de la Virgen" que es un festivo nacional inamovible, por lo que se celebra en todas las comunidades autónomas de España, incluida Extremadura, así como en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.


Les informamos que el día 15 de Agosto nuestra oficina  permanecerá cerrada por la festividad de 
"La Asunción de la Virgen".


viernes, 1 de agosto de 2025

Su Punto Pack en Portal Villa Real.

  • Un Punto Pack, también conocido como Punto de Recogida, es un comercio local asociado con empresas de paquetería, como Amazon, para ofrecer a los Clientes una alternativa a la entrega a domicilio. 
  • En lugar de recibir el paquete en casa, los Clientes pueden recogerlo en un horario más conveniente en un lugar cercano, como una tienda, una librería o en nuestra Oficina; Portal Villa Real.
  • A través de nuestro Acuerdo de Colaboración con Kanguro (Operador Logístico Inteligente OOH), ofrecemos el servicio de Punto Pack, con los siguientes operadores.

 



Teléfono: +34 91 810 17 58
Móvil: +34 669 439 774

miércoles, 23 de julio de 2025

Festividad de "Santiago Apóstol".

El día de Santiago se celebra cada 25 de julio. Además de ser el día grande de Galicia, se celebra la festividad del Patrón de España.


Les informamos que el día 25 de Julionuestra oficina  permanecerá cerrada por la festividad de "Santiago Apóstol".


martes, 22 de julio de 2025

Horario de Verano 2025.

A continuación, le dejamos nuestro horario de verano para 2025 hasta el 1 de Septiembre:


  • Mañanas de Lunes a Viernes:
    • Lunes de 09:30h a 14:00h.
    • Martes de 09:30h a 14:00h.
    • Miércoles de 09:30h a 14:30h.
    • Jueves de 09:30h a 14:30h.
    • Viernes de 09:30h a 14:30h.
    • Sábado y Domingo, Cerrado.
  • Tardes de Lunes a Viernes:
    • Lunes de 17:00h a 19:00h.
    • Martes de 17:00h a 19:00h.
    • Miércoles, Jueves y Viernes, Cerrado.
    • Sábado y Domingo, Cerrado.

NOTA:
Aparte de este horario, si Ud. necesita una visita o tener una reunión para cualquier información, nos puede llamar por teléfono para agendarlo.

Teléfono: +34 91 810 17 58
Móvil: +34 669 439 774

viernes, 27 de junio de 2025

Estos son los gastos deducibles de la venta de una Vivienda.

Vender un inmueble es una operación que puede llegar a ser muy rentable si aprovechas las oportunidades y movimientos del mercado en tu favor, pero es importante que conozcas con detalle cuál será la factura fiscal asociada a tu operación.


Para que aprendas a hacerlo sin errores, te contamos cómo calcular los gastos deducibles en la venta de viviendas, siendo un factor clave a la hora de valorar la rentabilidad de cualquier compraventa.

Gastos deducibles por la venta de una vivienda en el IRPF:
Si te preguntas "qué puedo deducir al vender una casa", la respuesta corta es que solo podrás descontar los gastos relacionados directamente con la venta.

A partir de esta definición, la casuística es variada y depende tanto del contenido de la Ley del IRPF como de la interpretación de esta norma llevada a cabo por la Dirección General de Tributos (DGT) y por la jurisprudencia administrativa (especialmente la procedente de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo).

Vamos a analizar cada caso por separado teniendo en cuenta que existen dos bloques diferenciados en cuanto a qué gastos se consideran como deducibles:
  • Gastos relacionados con el valor de adquisición.
  • Gastos relacionados con el valor de transmisión.
Gastos deducibles del valor de adquisición:
El valor de adquisición se corresponde con el valor de compra del inmueble. Además del precio pagado por el bien, existen determinados gastos que se pueden desgravar porque fueron necesarios para dicha compraventa.

Por tanto, esos gastos se sumarán al precio de venta a la hora de determinar el valor de adquisición a efectos del IRPF.

Valor de adquisición = Precio de compra + Gastos

Estos son algunos de los gastos deducibles en cuanto al valor de adquisición: 
  • Notaría.
  • Gestoría.
  • Abogado.
  • Registro de la Propiedad.
  • Tasación.
  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) o IVA.
  • AJD.
  • Coste de las inversiones y mejoras efectuadas en los bienes adquiridos (por ejemplo, mejora de la eficiencia energética, accesibilidad, sustitución de instalaciones antiguas, instalación de infraestructuras de telecomunicación...).
  • Cualquier gasto que, correspondiendo al vendedor, fuera prorrateado entre ambas partes (por ejemplo, la plusvalía municipal).
A la hora de distinguir qué inversiones y mejoras son deducibles, la DGT ha asegurado que "debe entenderse que constituyen reparaciones y conservaciones las destinadas a mantener la vida útil del inmueble y su capacidad productiva o de uso, mientras que cabe considerar como ampliaciones o mejoras las que redundan, bien en un aumento de la capacidad o habitabilidad del inmueble, bien en un alargamiento de su vida útil."

Gastos deducibles del valor de transmisión:
El valor de transmisión es el valor de venta del inmueble. Al igual que ocurre en el caso anterior, existen determinados gastos que, al ser necesarios para materializar la operación, se restan del precio de venta para obtener así la cuantía exacta con la que se queda el comprador.

Valor de transmisión = Precio de venta - Gastos

En cuanto al precio de venta, la LIRPF nos dice que "por importe real del valor de enajenación se tomará el efectivamente satisfecho, siempre que no resulte inferior al normal de mercado, en cuyo caso prevalecerá éste".

Estos son algunos de los gastos deducibles en cuanto al valor de transmisión: 
  • Plusvalía municipal.
  • Gastos de cancelación de la hipoteca.
  • Honorarios de la inmobiliaria.
  • Notaría.
  • Gestoría.
  • Abogado.
  • Expedición de certificados de eficiencia energética, de habitabilidad o de estado de deudas con la comunidad de propietarios.
  • Cualquier gasto que, correspondiendo al comprador, fuera prorrateado entre ambas partes.
Calcular la ganancia patrimonial de la venta de un inmueble:
Al vender un inmueble es imprescindible declarar el resultado económico de la operación en la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio en el que tuvo lugar la transacción.

Esto significa que, si vendiste un inmueble en 2024, te tocará incluir esa compraventa en la campaña de la Renta 2025.

Es aquí donde entra en juego el cálculo de la ganancia patrimonial: se trata, en resumidas cuentas, de la cantidad resultante de restar al valor de venta o transmisión, el llamado valor de compra o adquisición.

Ganancia patrimonial = Valor de transmisión - Valor de adquisición

Esto es así porque Hacienda entiende que la ganancia obtenida no consiste en la totalidad del dinero recibido por la compraventa: a esta cuantía hay que restarle determinadas partidas, como el precio pagado en su día por el inmueble, los gastos relacionados con su compraventa (notaría, gestión inmobiliaria...), las obras de mejora que hayas realizado...

A la ganancia patrimonial se le aplicará un tipo progresivo que corresponde con la siguiente escala:

Ganancia patrimonial                        Tipo progresivo
Hasta 6.000 euros                                         19%
Entre 6.001 euros y 50.000 euros                 21%
Entre 50.001 euros y 200.000 euros             23%
Desde los 200.000 euros                               26%

Ejemplo de ganancia patrimonial por la venta de un inmueble en el IRPF:
Ganancia patrimonial = Valor de transmisión (200.000 euros) - Valor de adquisición (160.000 euros) = 40.000 euros.
  • Los primeros 6.000 euros: 6.000 x 0.19 = 1.140 euros.
  • La cantidad restante (34.000 euros): 22.000 x 0,21 = 7.140 euros.
Total: 8.280 euros de ganancia patrimonial.
 

martes, 24 de junio de 2025

Reservado Dúplex en Calle Libertad (Frente al Teatro).

  Dúplex en Calle Libertad, en el centro de Navalcarnero frente al Teatro.

  • Disponibilidad 1 de Septiembre de 2025:
    • En este momento se están realizando labores de mejora.
  • Cocina amueblada.
  • Salón.
  • 2 Dormitorios.
  • 2 cuartos de baño.
  • Bomba de calor y frío.
  • Ascensor.
  • 1 plaza de garaje.
  • Piscina comunitaria.
  • Bus, Supermercados, Colegios, Farmacia y Restaurantes muy cerca.
Pinche Fotografías para Ampliar

Pinche Fotografías para Ampliar

Pinche Fotografías para Ampliar

Pinche Fotografías para Ampliar

Pinche Fotografías para Ampliar

900€ + mes de Fianza

Teléfono: +34 91 810 17 58
Móvil: +34 669 439 774

 - Estamos en estas Redes Sociales y Portales -

                                   

      

 - Colaboradores de Portal Villa Real -