viernes, 1 de agosto de 2025

Su Punto Pack en Portal Villa Real.

  • Un Punto Pack, también conocido como Punto de Recogida, es un comercio local asociado con empresas de paquetería, como Amazon, para ofrecer a los Clientes una alternativa a la entrega a domicilio. 
  • En lugar de recibir el paquete en casa, los Clientes pueden recogerlo en un horario más conveniente en un lugar cercano, como una tienda, una librería o en nuestra Oficina; Portal Villa Real.
  • A través de nuestro Acuerdo de Colaboración con Kanguro (Operador Logístico Inteligente OOH), ofrecemos el servicio de Punto Pack, con los siguientes operadores.

 



Teléfono: +34 91 810 17 58
Móvil: +34 669 439 774

lunes, 28 de julio de 2025

SE VENDE Solar en Escalona, Toledo.

Terreno Reservado en Escalona - Oportunidad Única.

Pinche Fotografía para Ampliar

Pinche Fotografías para Ampliar

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Parámetros Urbanísticos:
  1. 0,40% de Ocupación.
  2. 0,70% de Edificabilidad.

Descubre este espectacular terreno urbano en Escalona, ubicado a solo 30 metros de la margen derecho del río Alberche. Con una superficie total de 213 m², este terreno de esquina es ideal para construir la casa de tus sueños, ya sea como segunda residencia o vivienda habitual. La zona es tranquila y perfecta para disfrutar de la naturaleza y la serenidad que ofrece el entorno.

El terreno cuenta con todos los servicios necesarios a pie de parcela: luz, agua y alcantarillado, lo que facilita el inicio de tu proyecto sin complicaciones. Además, el acceso es a través de vía urbana, lo que garantiza comodidad y conectividad. El IBI anual es muy asequible, solo 36,76 €, lo que lo convierte en una opción atractiva para quienes buscan una inversión segura.

Con una superficie edificable de 140 m², podrás diseñar un chalet unifamiliar a tu gusto. La zona está equipada con alumbrado público y aceras, brindando un ambiente seguro y accesible. No pierdas la oportunidad de adquirir este terreno en una ubicación privilegiada. ¡Contáctanos para más información y comienza a hacer realidad tu proyecto!

12.500 €

Teléfono: +34 91 810 17 58
Móvil: +34 669 439 774

miércoles, 23 de julio de 2025

Festividad de "Santiago Apóstol".

El día de Santiago se celebra cada 25 de julio. Además de ser el día grande de Galicia, se celebra la festividad del Patrón de España.


Les informamos que el día 25 de Julionuestra oficina  permanecerá cerrada por la festividad de "Santiago Apóstol".


martes, 22 de julio de 2025

Horario de Verano 2025.

A continuación, le dejamos nuestro horario de verano para 2025 hasta el 1 de Septiembre:


  • Mañanas de Lunes a Viernes:
    • Lunes de 09:30h a 14:00h.
    • Martes de 09:30h a 14:00h.
    • Miércoles de 09:30h a 14:30h.
    • Jueves de 09:30h a 14:30h.
    • Viernes de 09:30h a 14:30h.
    • Sábado y Domingo, Cerrado.
  • Tardes de Lunes a Viernes:
    • Lunes de 17:00h a 19:00h.
    • Martes de 17:00h a 19:00h.
    • Miércoles, Jueves y Viernes, Cerrado.
    • Sábado y Domingo, Cerrado.

NOTA:
Aparte de este horario, si Ud. necesita una visita o tener una reunión para cualquier información, nos puede llamar por teléfono para agendarlo.

Teléfono: +34 91 810 17 58
Móvil: +34 669 439 774

viernes, 27 de junio de 2025

Estos son los gastos deducibles de la venta de una Vivienda.

Vender un inmueble es una operación que puede llegar a ser muy rentable si aprovechas las oportunidades y movimientos del mercado en tu favor, pero es importante que conozcas con detalle cuál será la factura fiscal asociada a tu operación.


Para que aprendas a hacerlo sin errores, te contamos cómo calcular los gastos deducibles en la venta de viviendas, siendo un factor clave a la hora de valorar la rentabilidad de cualquier compraventa.

Gastos deducibles por la venta de una vivienda en el IRPF:
Si te preguntas "qué puedo deducir al vender una casa", la respuesta corta es que solo podrás descontar los gastos relacionados directamente con la venta.

A partir de esta definición, la casuística es variada y depende tanto del contenido de la Ley del IRPF como de la interpretación de esta norma llevada a cabo por la Dirección General de Tributos (DGT) y por la jurisprudencia administrativa (especialmente la procedente de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo).

Vamos a analizar cada caso por separado teniendo en cuenta que existen dos bloques diferenciados en cuanto a qué gastos se consideran como deducibles:
  • Gastos relacionados con el valor de adquisición.
  • Gastos relacionados con el valor de transmisión.
Gastos deducibles del valor de adquisición:
El valor de adquisición se corresponde con el valor de compra del inmueble. Además del precio pagado por el bien, existen determinados gastos que se pueden desgravar porque fueron necesarios para dicha compraventa.

Por tanto, esos gastos se sumarán al precio de venta a la hora de determinar el valor de adquisición a efectos del IRPF.

Valor de adquisición = Precio de compra + Gastos

Estos son algunos de los gastos deducibles en cuanto al valor de adquisición: 
  • Notaría.
  • Gestoría.
  • Abogado.
  • Registro de la Propiedad.
  • Tasación.
  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) o IVA.
  • AJD.
  • Coste de las inversiones y mejoras efectuadas en los bienes adquiridos (por ejemplo, mejora de la eficiencia energética, accesibilidad, sustitución de instalaciones antiguas, instalación de infraestructuras de telecomunicación...).
  • Cualquier gasto que, correspondiendo al vendedor, fuera prorrateado entre ambas partes (por ejemplo, la plusvalía municipal).
A la hora de distinguir qué inversiones y mejoras son deducibles, la DGT ha asegurado que "debe entenderse que constituyen reparaciones y conservaciones las destinadas a mantener la vida útil del inmueble y su capacidad productiva o de uso, mientras que cabe considerar como ampliaciones o mejoras las que redundan, bien en un aumento de la capacidad o habitabilidad del inmueble, bien en un alargamiento de su vida útil."

Gastos deducibles del valor de transmisión:
El valor de transmisión es el valor de venta del inmueble. Al igual que ocurre en el caso anterior, existen determinados gastos que, al ser necesarios para materializar la operación, se restan del precio de venta para obtener así la cuantía exacta con la que se queda el comprador.

Valor de transmisión = Precio de venta - Gastos

En cuanto al precio de venta, la LIRPF nos dice que "por importe real del valor de enajenación se tomará el efectivamente satisfecho, siempre que no resulte inferior al normal de mercado, en cuyo caso prevalecerá éste".

Estos son algunos de los gastos deducibles en cuanto al valor de transmisión: 
  • Plusvalía municipal.
  • Gastos de cancelación de la hipoteca.
  • Honorarios de la inmobiliaria.
  • Notaría.
  • Gestoría.
  • Abogado.
  • Expedición de certificados de eficiencia energética, de habitabilidad o de estado de deudas con la comunidad de propietarios.
  • Cualquier gasto que, correspondiendo al comprador, fuera prorrateado entre ambas partes.
Calcular la ganancia patrimonial de la venta de un inmueble:
Al vender un inmueble es imprescindible declarar el resultado económico de la operación en la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio en el que tuvo lugar la transacción.

Esto significa que, si vendiste un inmueble en 2024, te tocará incluir esa compraventa en la campaña de la Renta 2025.

Es aquí donde entra en juego el cálculo de la ganancia patrimonial: se trata, en resumidas cuentas, de la cantidad resultante de restar al valor de venta o transmisión, el llamado valor de compra o adquisición.

Ganancia patrimonial = Valor de transmisión - Valor de adquisición

Esto es así porque Hacienda entiende que la ganancia obtenida no consiste en la totalidad del dinero recibido por la compraventa: a esta cuantía hay que restarle determinadas partidas, como el precio pagado en su día por el inmueble, los gastos relacionados con su compraventa (notaría, gestión inmobiliaria...), las obras de mejora que hayas realizado...

A la ganancia patrimonial se le aplicará un tipo progresivo que corresponde con la siguiente escala:

Ganancia patrimonial                        Tipo progresivo
Hasta 6.000 euros                                         19%
Entre 6.001 euros y 50.000 euros                 21%
Entre 50.001 euros y 200.000 euros             23%
Desde los 200.000 euros                               26%

Ejemplo de ganancia patrimonial por la venta de un inmueble en el IRPF:
Ganancia patrimonial = Valor de transmisión (200.000 euros) - Valor de adquisición (160.000 euros) = 40.000 euros.
  • Los primeros 6.000 euros: 6.000 x 0.19 = 1.140 euros.
  • La cantidad restante (34.000 euros): 22.000 x 0,21 = 7.140 euros.
Total: 8.280 euros de ganancia patrimonial.
 

martes, 24 de junio de 2025

Reservado Dúplex en Calle Libertad (Frente al Teatro).

  Dúplex en Calle Libertad, en el centro de Navalcarnero frente al Teatro.

  • Disponibilidad 1 de Septiembre de 2025:
    • En este momento se están realizando labores de mejora.
  • Cocina amueblada.
  • Salón.
  • 2 Dormitorios.
  • 2 cuartos de baño.
  • Bomba de calor y frío.
  • Ascensor.
  • 1 plaza de garaje.
  • Piscina comunitaria.
  • Bus, Supermercados, Colegios, Farmacia y Restaurantes muy cerca.
Pinche Fotografías para Ampliar

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900€ + mes de Fianza

Teléfono: +34 91 810 17 58
Móvil: +34 669 439 774

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