
" Concretar una venta es importante, pero lograr la fidelidad de los clientes es vital " Si alguna vez necesita los servicios de un Agente Inmobiliario, por favor llámenos para lo que necesite. Incluso si siente curiosidad sobre los valores del mercado en su vecindad, no dude en llamarnos.
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jueves, 30 de octubre de 2025
Día de todos los Santos.

lunes, 27 de octubre de 2025
Portal Villa Real, está en Halloween.

viernes, 24 de octubre de 2025
Cambio de Hora, Octubre de 2025.

martes, 21 de octubre de 2025
Se ALQUILA Plaza de Garaje en Sebastián Muñoz, Navalcarnero.
Plaza de Garaje para vehículo grande.
- Disponibilidad inmediata.
- Situada dentro de finca privada.
- Plaza descubierta.
- Enfrente de Colegio.

miércoles, 8 de octubre de 2025
Otra Vivienda Reservada en "Residencial de La Morena".
Otra vivienda reservada del "Residencial de La Morena".
lunes, 6 de octubre de 2025
¿Quiere saber la Rentabilidad de un Inmueble en Alquiler?

jueves, 2 de octubre de 2025
Humedades en Terrazas: la Justicia aclara quién paga, el Propietario o la Comunidad.

lunes, 29 de septiembre de 2025
Aún quedas Viviendas disponibles en "Residencial de La Morena".
- Dúplex en el Bloque 1.
- Dúplex en el Bloque 2.

jueves, 25 de septiembre de 2025
Tipos de Contrato de Arras.
Conocer cómo funcionan cada tipo de contratos de arras, así como sus diferencias, resulta fundamental de cara a una compraventa.

- Comprador: Si decide desistir del contrato, perderá la cantidad que pagó inicialmente, que generalmente es el 10% del valor total de la compraventa.
- Vendedor: Si decide no seguir adelante con el contrato, deberá reembolsar el doble de la cantidad que el comprador le entregó en el momento de la firma.
- Cantidad que se entrega en concepto de arras.
- Plazo para otorgar la escritura de compraventa: fecha, día y hora en la que se acude ante el notario y consecuencias en caso de que una de las partes no asista.
- Establecer quién fija la fecha del otorgamiento de la escritura pública de la compraventa y cómo se avisa de la misma.
- Indicar cómo se notifica por parte del comprador al vendedor el día en que se va a otorgar la escritura pública de compraventa.
- Cómo se van a pagar los gastos derivados de la escritura de compraventa (notario, registros, plusvalía municipal, etc.). Los abogados aconsejan que se haga de este modo: el vendedor se hará cargo de los gastos de otorgamiento de escrituras y de la plusvalía municipal, mientras que todos los gastos posteriores a la venta, incluyendo el coste de inscripción en el Registro de la Propiedad, serán responsabilidad del comprador.
- Primer pago: Se realiza cuando se firma el contrato.
- Segundo pago: Se hace en un plazo máximo de dos meses desde que se firmó el contrato. Suele efectuarse mediante un cheque bancario en el momento de la formalización ante notario.
- Vía amistosa o extrajudicial: Se recomienda enviar un burofax a la otra parte incumplidora que cumpla el contrato de arras. Si no surte efecto, se puede intentar llegar a un acto de conciliación, en el que se exige el cumplimiento del contrato.
- Vía judicial: Interponer una demanda judicial con la ayuda de un abogado.
lunes, 22 de septiembre de 2025
Reservada otra vivienda en "Residencial de La Morena".
Otra vivienda reservada del "Residencial de La Morena".
Pinche Fotografía para Ampliar
jueves, 11 de septiembre de 2025
Reparaciones en pisos de alquiler: las que deben asumir el Propietario y el Inquilino.

martes, 9 de septiembre de 2025
Cambio de uso de almacén a vivienda en el Catastro, ¿cómo hacerlo?

- Uso principal del edificio: El edificio debe tener uso residencial como uso principal. Solo en determinados casos, cuando la normativa municipal lo permite, se podrá transformar el local aunque el edificio no sea exclusivamente residencial.
- Protección patrimonial: Si el edificio o el local están afectados por algún nivel de protección patrimonial, por ejemplo, un edificio histórico, podrían existir restricciones.
- Ámbitos con límite de viviendas: En zonas donde esté limitado el número de viviendas por normativa urbanística, no se podrá superar ese límite mediante la conversión de almacenes o locales.
- Ubicación del local: Solo se permite el cambio de uso si el local está situado en planta baja o en una planta de piso. No se autoriza si el suelo del local se encuentra por debajo del nivel del terreno exterior en contacto. Es decir, generalmente los sótanos no se podrán convertir en vivienda.
- Usos superiores: No se admite la transformación si sobre el local existen actividades terciarias de tipo recreativo o comercial.
- Locales fuera de ordenación: Poniendo como ejemplo Madrid, se permite transformar locales fuera de ordenación por exceder el fondo edificable, siempre que se cumpla con el artículo 2.3.3.2 del PGOUM y la normativa municipal no lo prohíba expresamente.
- Locales en plantas bajas industriales: No es posible el cambio si el local está en una planta baja de uso industrial que supere el fondo máximo permitido, salvo que se demuela el exceso de fondo construido.
- Condiciones mínimas de habitabilidad: La vivienda debe cumplir con los requisitos establecidos en el capítulo 7.3 del PGOUM, relativos a superficie mínima, ventilación, iluminación natural, etc.
- Fachada integrada: La nueva fachada del local debe respetar la composición, materiales, colores y ritmo de huecos del edificio para garantizar una imagen coherente, según el artículo 6.10.6.1 del PGOUM.
- Servicios básicos: La vivienda debe disponer de agua potable, suministro eléctrico, sistema de calefacción, agua caliente sanitaria y conexión al sistema de saneamiento.
- Aparcamiento: Si el cambio de uso da lugar a más de una vivienda, será obligatorio cumplir con las exigencias de dotación de aparcamientos del artículo 7.5 del PGOUM.
- La superficie mínima debe ser de 40 m2 útiles.
- La fachada exterior debe tener una altura mínima de 3,30 m.
- Altura libre de al menos 2,50 m con excepción de los baños y otros espacios no habitables que pueden tener un mínimo de 2,20 m.
- Los baños deben tener una superficie mínima de 3 m2.
- Si hay dormitorio, este debe tener una superficie mínima de 12 m2; de haber dos, la superficie mínima del segundo será de 7 m2.
- La cocina debe tener salida independiente de humos.
- No se permiten sótanos, en el caso de existir.
- Los espacios deben contar con un 1/20 de superficie para ventilación y 12 % para entrada de luz natural.
- A través del Sistema de Licencias Urbanísticas (SLIM) en la web del Ayuntamiento de Madrid.
- O mediante una Entidad Colaboradora Urbanística (ECU), opción recomendada por su mayor agilidad.
- Redacción del proyecto técnico: Un arquitecto o técnico competente debe elaborar el proyecto de cambio de uso.
- Presentación de la Declaración Responsable: Se puede hacer online mediante SLIM o presencialmente a través de una ECU.
- Inicio de obras: Una vez presentada la declaración, se pueden comenzar las obras. No obstante, el ayuntamiento podrá declarar ineficaz la actuación si detecta irregularidades, pudiendo ordenar su paralización y la reposición del estado original.
- Revisión documental: En caso de faltar documentación, será requerida por la Junta Municipal correspondiente o por la ECU.
- Informe favorable: Si todo está en regla, se emite un informe favorable sobre la Declaración Responsable.
- Finalización de las obras: Una vez terminadas, se debe presentar un certificado final de obra firmado por el técnico para que el Ayuntamiento o la ECU verifiquen el cumplimiento de la normativa.
- Licencia de primera ocupación: Tras una visita técnica favorable, se tramita la Declaración Responsable de Primera Ocupación y Funcionamiento, indispensable para el cambio registral de uso ante el Registro de la Propiedad.
- Tasas administrativas.
- La tramitación ante el ayuntamiento correspondiente conlleva el pago de varias tasas, entre ellas:
- Tasa por licencia de cambio de uso.
- Tasa por licencia o declaración responsable de obra.
- El importe varía en función de la superficie del local y del tipo de intervención que se vaya a ejecutar. Como referencia, los precios para la tramitación de cambio de uso pueden oscilar entre 1.800 y 2.750 euros más IVA, en función de los metros cuadrados.
- Honorarios técnicos.
- Será imprescindible contratar a un arquitecto o arquitecto técnico que redacte el proyecto de cambio de uso, lo visado por el colegio profesional correspondiente, y dirija la obra.
- Los honorarios pueden variar considerablemente en función de la superficie del local, la complejidad del proyecto o el estado inicial del almacén.
- De forma orientativa, pueden suponer entre 1.500 y 4.000 euros más IVA, aunque cada caso debe valorarse individualmente.
- Coste de la reforma.
- La reforma es, por lo general, el mayor gasto del proceso. El local debe adecuarse para cumplir con los requisitos de habitabilidad marcados por el Código Técnico de la Edificación y el Plan General de Ordenación Urbana. Entre otras cosas, será necesario:
- Mejorar aislamiento térmico y acústico.
- Dotar de ventilación e iluminación natural.
- Instalar baños, cocinas y sistemas de climatización.
- Adaptar instalaciones eléctricas, de fontanería y saneamiento.
jueves, 4 de septiembre de 2025
Patrona de Navalcarnero "Nuestra Señora de la Concepción".
Nuestra Señora de la Concepción, Patrona de Nalcarnero.

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viernes, 29 de agosto de 2025
Programa de Fiestas Patronales de Navalcarnero 2025.
Le dejamos el Programa de Fiestas de Navalcarnero, y aprovechamos para Felicitar a todos los Navalcarnereños en su Patrona: "Virgen de la Concepción".

lunes, 25 de agosto de 2025
Diferencia entre suelo Urbano y Rústico.

- Destino: Construcción de viviendas, comercios, oficinas, etc.
- Servicios: Dispone de servicios urbanísticos básicos como agua, luz, alcantarillado, pavimentación.
- Urbanización: Está sujeto a planes de ordenación urbana.
- Construcción: Permite la construcción de edificios y viviendas según la normativa urbanística.
- Revalorización: Mayor potencial de revalorización debido a su uso inmediato.
- Destino: Actividades agrícolas, ganaderas, forestales o recreativas.
- Servicios: Generalmente no cuenta con servicios urbanísticos básicos.
- Urbanización: No es urbanizable, es decir, no se puede construir libremente.
- Construcción: Se permiten construcciones secundarias o de apoyo a la explotación (almacenes, instalaciones agrícolas).
- Revalorización: Menor potencial de revalorización que el suelo urbano.
jueves, 21 de agosto de 2025
¿Qué gastos tendré que pagar siendo Propietario de una Vivienda?

- Factura de la luz.
- Factura del agua.
- Factura del gas.
- Factura del teléfono e Internet-
- Plataformas de streaming.
- Alarma de seguridad.
- Limpieza.
- Mutua de salud.
- Cuota media de hipoteca: la cuota media de hipoteca, según los datos de mayo de 2024, se sitúa en los 689 euros (8.268 euros al año).
- IBI: el coste medio anual del IBI es de 89,75 euros.
- Cuota de la comunidad: la cuota de la comunidad media en los edificios colectivos de España es de 105 euros al mes, 1.260 euros al año.
- Seguro del hogar: el precio medio del seguro del hogar es de 250 euros anuales, según la OCU.
- Tasa de basuras: según un estudio de la Fundación Ent, la tasa media de basuras es de 61,15 euros al año.
- Gastos por reparaciones: este valor puede variar considerablemente según las necesidades de la vivienda, por lo que vamos a estimar una media de 1.000 euros anuales.
- Suministros: de media, el precio de los suministros mensuales asciende a los 197,30 euros en 2024, es decir, un total de 2.367 euros anuales.
martes, 19 de agosto de 2025
RESERVADO Solar en Escalona, Toledo.

- 0,40% de Ocupación.
- 0,70% de Edificabilidad.





























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